La entrada en vigor en Andalucía de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre y de su Reglamento de Desarrollo han supuesto un rejuvenecimiento importante de la normativa urbanística y territorial de la Junta de Andalucía. Nuestra Comunidad Autónoma apuesta por un desarrollo planificado y programado del suelo, y en particular del suelo de naturaleza rústica, permitiendo de manera excepcional usos extraordinarios en el mismo como puede ser el residencial, sujeto a controles reglamentariamente tasados. Pero lo anterior, no puede ser óbice u obstáculo alguno para una apuesta decidida por el ejercicio programado de la disciplina urbanística.
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