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Límites judiciales al derecho a la desconexión digital

    1. [1] Universidad de Zaragoza

      Universidad de Zaragoza

      Zaragoza, España

  • Localización: Revista crítica de relaciones de trabajo, Laborum, ISSN 2792-7962, ISSN-e 2792-7970, Nº. 10, 2024, págs. 193-211
  • Idioma: español
  • Títulos paralelos:
    • Judicial limits to the right to digital disconnection
  • Enlaces
  • Resumen
    • español

      La irrupción de las nuevas tecnologías, especialmente internet, ha transformado la sociedad y las relaciones laborales. El “estar siempre conectados” ha generado problemas y riesgos, haciendo que se deba velar por la protección del derecho a la desconexión digital. Fue la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, la que introdujo el reconocimiento de este derecho, en el que la negociación colectiva juega un papel clave para definir su ejercicio, a través de diferentes acciones, como reglamentos ad hoc, políticas o acuerdos internos. Puesto que es un derecho que no cuenta con una exhaustiva regulación, por haberse cedido esta potestad a los agentes sociales, no perfilar adecuadamente sus extremos ha supuesto que surjan conflictos que han alcanzado la sede judicial, siendo esta la encargada de ir acotando los límites de su ejercicio.

    • English

      The emergence of new technologies, especially the internet, has transformed society and labour relations. The concept of “always being connected” has generated problems and risks, making it necessary to ensure the protection of the right to digital disconnection. It was the Organic Law 3/2018, of 5 December, on the Protection of Personal Data and guarantee of digital rights, which introduced the recognition of this right, in which collective bargaining plays a key role in defining its exercise, through different actions, such as ad hoc regulations, policies or internal agreements. Given that this right does not have exhaustive regulation, as this authority has been delegated to social agents, not adequately defining its parameters has led to conflicts that have reached the courts, with the latter being responsible for delineating the limits of its exercise.


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