Perú
Como se conoce, una de las facultades que posee la Administración Tributaria (SUNAT) es la determinación de la obligación tributaria en base presunta. En esta oportunidad, se propone un nuevo procedimiento de presunción, basada en el análisis de los documentos e información de las propias empresas fiscalizadas. De esta forma, estaríamos respetando los principios de capacidad contributiva y realidad económica de los contribuyentes. Este procedimiento sería adicional a lo señalado en el numeral 1 del artículo 93° de la Ley del Impuesto a la Renta, que establece la “Presunción de ventas o ingresos adicionando al costo de ventas declarado o registrado por el deudor tributario, el resultado de aplicar a dicho costo al margen de utilidad bruta promedio de empresas similares”. En muchos años de mi labor como auditor tributario, he podido comprobar que al aplicarse esta presunción, generalmente los importes determinados como ingresos omitidos son por montos muy elevados, alejándose de la realidad económica de las empresas sin respetar su capacidad contributiva.
As is known, one of the Tax Administration (SUNAT) faculties is the determination of the tax liability on presumptive basis.We propose a new presumption procedure based on the analysis of documents and information of the ins-pected companies. In such way, we would be respecting the principles of contributory capacity and economic reality of taxpayers.This procedure complements what is stated in paragra-ph 1 of Article 93 of the Law of Income Tax, which es-tablishes the “Presumption of sales or revenues adding to the sales cost of what is declared or registered by the tax debtor, the result of applying to that cost the gross profit margin weighted average of similar companies. In many years of my work as a tax auditor, I have seen that when this presumption is applied, generally the amounts determined as omitted revenues are very high amounts, getting away from the economic reality of enterprises without respecting their capability to pay.
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