Uno de los pilares de la reforma procesal implementada en la República de Panamá es el principio de separación de funciones, según el cual funciones de investigación y de juzgamiento están claramente delimitadas, de forma tal que el Ministerio Público le está vedada la toma de decisiones de carácter jurisdiccional que impliquen vulneración de derechos fundamentales de los ciudadanos y al ente juzgador te está prohibido realizar actos de investigación. El presente artículo pretende exponer los principales aspectos en los cuales incide el principio de separación de funciones en el marco del sistema penal acusatorio conforme a la ley 63 de 2008, analizando algunos supuestos problemáticos en los que la aplicación de dicho principio brinda una solución compatible con el respeto a los derechos fundamentales de los ciudadanos en un Estado de democrático de derecho.
A mainstay of judicial reform implemented in the Republic of Panama is the principle of separation of functions, whereby functions of investigation and prosecution are clearly defined, so that the prosecution cannot make decisions of a judicial nature which involving violation of fundamental rights of citizens and the judge it is prohibited from being acts of investigation. This article aims to outline the main areas in which affects the principle of separation of functions under the adversarial system according to law 63 of 2008, analyzing some problematic situations in which the application of that principle provides a compatible solution respect for the fundamental rights of citizens in a democratic rule of law.
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