A la luz de la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Sala Tercera, de 20 de octubre de 2022, asunto C- 585/20, se ha pronunciado la Abogacía General del Estado en su Informe de 19 de enero de 2024 (Ref.: A.G. TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE 4/23. R-1622/2023) sobre la adecuación al derecho comunitario del esquema de pagos previsto en el artículo 198.4 de la LCSP (30 días para la comprobación + 30 días para el pago), recomendando a los órganos de contratación ajustar su actuación a la referida Sentencia. Sin perjuicio de una modificación normativa que recoja las matizaciones derivadas del fallo.
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