Santiago Vladimir Cabrera Cabrera, Susana Antonieta Montaño Donoso, Ana María Valdivieso Aguirre, Lucia Lisbeth Rojas Rentería, Luis Alberto Pacheco, Karen Fernanda Ramírez Granda, Nuvia Coralia Flores Ruiz
Con la disolución del vínculo matrimonial o la separación se deriva un tema trascendental que es la tenencia del niño, niña o adolescente, pese a que la Corte Constitucional en la Sentencia N° 28-15-IN/21, de fecha 24 de noviembre de 2021, declara la vulneración de los numerales 2 y 4 del artículo 106 del Código de la Niñez y Adolescencia, que dice que la patria potestad de los hijos menores de 12 años se cederá a la madre y se preferirá a la madre, siempre que no afecte el desarrollo del niño”, siguen siendo aun contrarias al principio del interés superior de niños, niñas y adolescentes, puesto que no se trata sobre la tenencia compartida. El objetivo del presente artículo es analizar desde un contexto jurídico y doctrinario la referida figura jurídica y cómo beneficiaría en la legislación de Ecuador su regulación en la norma sustantiva y adjetiva, para ello se recurrirá a la legislación comparada abordando el método analítico, científico, exegético.
© 2001-2025 Fundación Dialnet · Todos los derechos reservados