Este breve estudio aborda la posición de la Comisión Europea en la cuestión prejudicial C-687/22. Las Observaciones escritas de la Comisión afrontan con mayor detalle las aristas de la normativa española, con una profundidad de análisis notablemente superior al de las Conclusiones del Abogado General. Sin embargo, al menos por el momento, los razonamientos de la Comisión no han sido acogidos por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, admitiendo a priori la limitación a la exoneración del crédito público.
This brief paper addresses the position of the European Commission in the preliminary ruling C-687/22. The Commission's written observations report aspects of Spanish law in greater detail, with a depth of analysis notably greater than that of the Advocate General's conclusions. However, at least for now, the Commission's reasoning has not been accepted by the Court of Justice of the European Union admitting a priori the exclusion of claims governed by public law from discharge of debt.
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