La nueva Ley de Inversiones Extranjeras establece que éstas quedarán sometidas a la jurisdicción de los tribunales de la República, de conformidad con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. No obstante, esa Constitución de modo general, y la costumbre y el Derecho Internacional Público de manera particular, utilizan para la resolución de conflictos en las inversiones extranjeras el arbitraje, instrumento que en Venezuela, a partir de noviembre de 2014 no integra el elenco de medios para la resolución de controversias en materia de inversiones, las cuales por su uso intensivo, son requeridas especialmente para el desarrollo de actividades mineras. Se sostiene que en las concesiones y contratos vigentes en los que esté establecido el arbitraje como medio de resolución de controversias, los inversionistas pueden acudir a la jurisdicción arbitral internacional, así como también si ello está previsto en un convenio bilateral de protección de inversiones al que puedan acogerse.
The new Foreign Investment Law provides that they shall be subject to the jurisdiction of the courts of the Republic, in accordance with the Constitution of the Bolivarian Republic of Venezuela. However, the Constitution in general, and custom and public international law in particular, used to resolve conflicts in for-eign investment arbitration instrument in Venezuela, from November 2014 not joined the cast of means for resolving investment disputes, which by their intensive use, are especially required for the development of mining activities. It is argued that existing concessions and contracts where arbitration is established as a means of dispute resolution, investors may turn to international arbitration jurisdiction, as well as if provided on a bilateral investment protection agreement that they qualify
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