En una nota anterior, publicada en el número 233 de esta revista de abril de 2024, propuse una definición mínima del «Estado de prerrogativa policial». Con esa expresión me refería a aquella parte de la actuación policial que se ejerce con total arbitrariedad, al margen de la regulación legal y negando las garantías jurídicas que reconoce el ordenamiento jurídico. En otras palabras, el Estado de prerrogativa policial, como tipo ideal, abarca aquellas intervenciones que suponen el ejercicio de pura y dura coacción, al margen de lo que establece nuestro ordenamiento jurídico. Un ámbito en el que se observa una clara tendencia autoritaria de nuestro Estado de derecho. En lo que sigue comentaré un par de ejemplos recientes de actuaciones policiales que se pueden incluir, en mi opinión, dentro del Estado de prerrogativa policial.
© 2001-2025 Fundación Dialnet · Todos los derechos reservados