Pasado un año y medio desde la publicación de la Ley 16/2022, de 5 de septiembre, de reforma del texto refundido de la Ley Concursal, las sentencias de los juzgados mercantiles y de las audiencias provinciales, estas últimas en los casos de impugnación de la homologación de planes de reestructuración no consensuales aprobados por minorías de acreedores basándose en los artículos 639.1, 639.2 y 684.4 del texto refundido de la Ley Concursal , están poniendo de manifiesto que el experto en la reestructuración, en estos casos, podría no estar cumpliendo las funciones que le otorgan los artículos 679 y 680 del Texto refundido de la Ley Concursal.
A year and a half after the publication of Law 16/2022, of September 5, 2022, amending the revised text of the Insolvency Law, the judgments of the commercial courts and provincial courts, the latter in cases of challenging the approval of non-consensual restructuring plans approved by minorities of creditors based on articles 639.1, 639.2 and 684.4 of the LC, are showing that the restructuring expert, in these cases, may not be fulfilling the responsibilities granted to him by article 679 y 680 of the Spanish Insolvency Law.
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