17 de octubre de 1995. Contrato de distribución en exclusiva. extinción por el mútuo disenso producido entre las partes cuando una de ellas exige de la contraria, para continuar en la relación, la alteración de una de las estipulaciones esenciales del contrato sin llegarse a ningún acuerdo en cuanto a la modificación reclamada, improcedencia de reprochar un abuso de derecho o una conducta contraria a la buena fe contractual a la parte que se niega a la modificación requerida; inexistencia en tal caso de daños y perjuicios indemnizables