Fernando G. Benavides, José Mª Ramada Rodilla
La carga de enfermedad atribuible al trabajo es enorme, tanto en términos de salud y bienestar de las personas que trabajan, como también en términos de su impacto sobre la riqueza del conjunto del país y el estado de bienestar.
Para hacer frente a estos enormes y complejos retos necesitamos de sistemas de seguridad y salud en el trabajo que garanticen el derecho fundamental a un trabajo seguro y saludable, como ha sido recientemente reconocido por la Organización Internacional del Trabajo en 2022.
La reforma de la Ley de Prevención de Riesgo Laborales, como norma central que afecta de pleno al derecho fundamental a una vida laboral longeva y saludable, ha de contemplar en su aplicación estas interacciones entre el sistema productivo y los sistemas de seguridad social, definido por la Ley General de Seguridad Social, y de salud, definido por la Ley general de Sanidad.
En este sentido, y desde la complejidad que representan los retos ya señalados, y centrando el objetivo fundamental en la reducción de la carga de la enfermedad asociada al trabajo, parece oportuno crear una Agencia estatal con autonomía de gestión que disponga de las competencias adecuadas para avanzar en la consecución del objetivo 8, del trabajo decente y productivo, de la Agenda 2030 de Naciones Unidas.
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