El Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, ha acometido, en aras a la efi-ciencia procesal, varios cambios en la regulación del procedimiento laboral contenida en la Ley reguladora de la Jurisdicción Social. Las reformas dirigidas a la eficiencia procesal se han sustentado en cuatro pilares: una potenciación de la acumulación de acciones, procesos y recursos; la introducción del llamado procedimiento testigo; una modificación de la regulación del procedimiento monitorio; y la introducción de la posibilidad de extender los efectos de una sentencia firme que hubiera reconocido una situación jurídica individualizada. A estas reformas dirigidas a la eficiencia procesal, se unen otras de menor alcance en relación con la eficiencia procesal, o que son más bien relativas a la eficiencia digital, o que nada tienen que ver con la eficiencia. Concluimos el estudio con una valoración crítica sobre si la eficiencia pretendida por la reforma acaba en eficiencia real.
Royal Decree-Law 6/2023, of December 19, has undertaken, in the interests of procedural efficiency, several changes in the regulation of the labor procedure contained in the Spanish Social Jurisdiction Law. The reforms aimed at procedural efficiency have been based on four pilars: a strengthening of the accumulation of actions, proces-ses and resources; the introduction of the so-called witness procedure; a modification of the regulation of the monitoring procedure; and the introduction of the possibility of extending the effects of a final ruling that would have recognized an individualized legal situation. These reforms aimed at procedural efficiency are joined by others of lesser scope in relation to procedural efficiency, or that they are rather relative to digital efficiency, or that have nothing to do with efficiency. We conclude the study with a critical assessment of whether the efficiency intended by the reform ends in real efficiency.
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