30 de enero de 1997. Testamento. error obstativo e interpretación. Institución de heredero. error en la designación de la persona nombrada. Interpretación del testamento. primacía de la voluntad del testador sobre el sentido literal de las palabras empleadas para expresarla: interpretación más favorable a la eficacia de dicha voluntad siempre que sea posible. Nulidad de testamento. sólo en los casos previstos por el legislador