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Derecho, Comunidades Sordas y Antropología, Develaciones Jurídicas en la Diversidad Social

    1. [1] Padrón Estatal de Nuevos Talentos del Consejo de Ciencia y Tecnología del Estado de Tabasco
  • Localización: Lex: Revista de la Facultad de Derecho y Ciencia Política de la Universidad Alas Peruanas, ISSN-e 2313-1861, ISSN 1991-1734, Vol. 22, Nº. 34, 2024, págs. 281-306
  • Idioma: español
  • Enlaces
  • Resumen
    • La sociedad posee conceptos establecidos sobre fenómenos sociales o grupos culturales cuya formación ha sido por una conducta etnocentrista que repele a la diversidad social y cultural en la que se converge, dichos conceptos han generado efectos negativos hacia estos. Las comunidades sordas han sido encuadradas como grupos con discapacidad por prejuicios sociales que se han desarrollado con el tiempo y el entramado de contextos e ideas mal concebidas, detonando en la sociedad que estas comunidades se conciban como personas disminuidas y carentes de aptitudes “normales”, en contraste con una sociedad oyente que los limita, no obstante, las comunidades sordas por su complejidad en el desarrollo de su formación individual y de grupo son mucho más de lo que se piensa.


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