El presente trabajo tiene como fin comprender los alcances de la videovigilancia desde una reflexión socio-jurídica en un ámbito donde las legislaciones internacionales tienen diferentes miradas. En tal sentido entendemos que la protección de datos personales, en este caso,el de la biometría facial,se encuentra en constante tensión con otros bienes jurídicos como la seguridad y la integridad de las personas y sus bienes. Algunos Gobiernos, como el caso de China, consideranque los datos personales pertenecen al Estado Nacional. Por el contrario, para los Estados Unidos de América, los datos personales se encuentran estrechamente relacionados con el concepto de “Mercado”, y le pertenecen a éste. Finalmente, en un tercer bloque la Unión Europea reconoce la exclusividad del titular del dato, como único propietario de éste, entendiendo así, que los datos biométricos deben ser protegidos a través de regulaciones que aseguren una efectiva protección de los datos personales y consecuentemente de los derechos humanos digitales.
This paper aims to understand the scope of video surveillance from a socio-legal reflection in an area where international legislation has different perspectives. In this sense, we understand that the protection of personal data, in this case, facial biometrics, is in constant tension with other legal assets such as the security and integrity of people and property. Some governments, such as China, consider that personal data belongs to the National State. On the contrary, for the United States of America, personal data is closely related to the concept of the Market and belongs to it. Finally, in a third block, the European Union recognizes the exclusivity of the data owner as the sole proprietor, thus understanding that biometric data must be protected through regulations that ensure effective protection of personal data and consequently digital human rights
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