Ha sido reseñado en:
El domicilio se ha considerado habitualmente como un lugar especialmente reservado, un reducto en el que la persona puede verse libre de intromisiones ajenas y en el que poder desarrollar su personalidad sin cortapisas impuestas por terceros. De ahí que este trabajo pretenda examinar, sin ánimo de exhaustividad, la posición del domicilio en tres sistemas jurídicos claramente interrelacionados: en el CEDH, en el TEDH y en la Constución española.
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