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Resumen de Delitos especiales de dominio y su relación con el artículo 65.3 del Código Penal

María Ángeles Rueda Martín

  • Con la introducción de un nuevo núm. 3 en el art. 65 CP por la LO 15/2003, de 25 de noviembre, el legislador español ha querido dar una regulación legal positiva al viejo y discutido problema sobre las consecuencias jurídicas que deberían reconocerse al hecho de la participación de extraños (extranei) en delitos especiales, esto es, delitos respecto de los que aquéllos carecen de la cualidad exigida por sus tipos para poder ser autores de los mismos, habiendo optado en dicha regulación por la solución de concederles en estos casos una atenuación meramente facultativa de la pena cuando participen como inductores o como cooperadores necesarios, pero no para cuando lo hagan como meros cómplices. Al margen de la división de opiniones que en general ha provocado en la doctrina española semejante disposición, lo cierto es que su tenor literal plantea ciertos problemas que en principio se muestran como incomprensibles: a qué se refiere la ley con las "condiciones, cualidades o relaciones personales que fundamentan la culpabilidad", por qué razón se establece una atenuación meramente facultativa para el partícipe en quien no concurren tales circunstancias, y por qué se ha limitado este efecto a los inductores y cooperadores necesarios y se ha exluido para los cómplices. Estas son las cuestiones respecto de las cuales la autora ofrece en esta monografía no sólo explicaciones plausibles, sino también soluciones cabales completamente coherentes con aquellas explicaciones.


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