Recientemente ha entrado en vigor la Ley 5/2012, de 6 de julio, de Mediación en Asuntos Civiles y Mercantiles, la cual incorpora definitivamente al Derecho español la Directiva 2008/52/ CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2008.
Su necesidad ha venido siendo un clamor desde hace tiempo, tanto por parte de los juristas como de otros profesionales implicados -particularmente, los psicólogos-, ante la dispersión y carácter fragmentario de la normativa autonómica que regulaba una parte de su objeto, concretamente la mediación familiar.
La presente obra plantea el tratamiento pormenorizado de cada uno de sus artículos, desde un punto de vista crítico y multidisciplinar, siguiendo así la propia naturaleza de la mediación. Para ello se analiza este método de resolución de conflictos complementario al proceso, y se tratan tanto sus aspectos más relacionados con la esfera propiamente jurídica (el ámbito de aplicación objetivo y espacial de la ley, incluyendo el tratamiento de los conflictos transfronterizos; la aplicación de los plazos de prescripción y caducidad; las actuaciones desarrolladas por medios electrónicos o el acuerdo de mediación como título ejecutivo y su ejecución); como los más propios de la institución de la mediación (las instituciones de la mediación; las partes que pueden participar en ella; el estatuto del mediador; los principios del procedimiento para llevar a cabo la mediación y "en su caso" lograr el acuerdo de mediación, etc.). Para el desarrollo de esta labor, se ha contado con autores procedentes de diversos ámbitos. Por un lado del universitario (del Derecho Civil, Procesal e Internacional Privado), pero también participan en ella mediadores y jueces. La intención y el interés es claro: poner de manifiesto las fórmulas arbitradas por el legislador para la puesta en marcha del procedimiento de mediación en el ámbito de lo civil y mercantil. Pretendemos así que sea un texto imprescindible, no sólo para los alumnos universitarios y estudiosos de la institución, sino también para los que cada día han de ponerla en práctica, procurando el cumplimiento de sus fines de pacificación del conflicto.
Artículo 1: concepto
págs. 21-30
Artículo 2: ámbito de aplicación
págs. 31-44
Artículo 3: mediación en conflictos transfronterizos
págs. 45-70
Artículo 4: efectos de la mediación sobre los plazos de prescripción y caducidad
págs. 71-76
Artículo 5: las instituciones de mediación
págs. 77-84
Artículo 6: voluntariedad y libre disposición
págs. 85-98
Artículo 7: igualdad de las partes e imparcialidad de los mediadores
págs. 99-106
Artículo 8: neutralidad
págs. 107-112
Artículo 9: confidencialidad
págs. 113-122
Artículo 10: las partes en la mediación
págs. 123-150
Artículos 11 y 12: condiciones para ejercer de mediador y Calidad y autorregulación de la mediación
págs. 151-156
Artículo 13: actuación del mediador
págs. 157-170
Artículo 14: responsabilidad de los mediadores
págs. 171-176
Artículo 15: coste de la mediación
págs. 177-186
Artículo 16: solicitud de inicio
págs. 187-194
Artículo 17: información y sesiones informativas
págs. 195-200
Artículo 18: pluralidad de mediadores
págs. 201-206
Artículo 19: sesión constitutiva
págs. 207-212
Artículo 20: duración del procedimiento
págs. 213-218
Artículo 21: desarrollo de las actuaciones de mediación
págs. 219-222
Artículo 22: terminación del procedimiento
págs. 223-232
Artículo 23: el acuerdo de mediación
págs. 233-246
Artículo 24: actuaciones desarrolladas por medios electrónicos
págs. 247-260
Artículo 25: formalización del título ejecutivo
págs. 261-270
Artículo 26: tribunal competente para la ejecución de los acuerdos
págs. 271-274
Artículo 27: ejecución de los acuerdos de mediación transfronterizos
págs. 275-302
Disposición adicional primera: reconocimiento de instituciones o servicios de mediación
págs. 303-306
Disposición adicional segunda: impulso a la mediación
págs. 307-314
Disposición adicional tercera: escrituras públicas de formalización de acuerdos de mediación
págs. 315-318
Disposición final primera: modificación de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, de Colegios Profesionales
págs. 319-322
Disposición final tercera: modificación de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento civil. Uno
págs. 323-336
Disposición final tercera: modificación de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento civil. Dos, tres, cuatro y cinco
págs. 337-342
Disposición final tercera: modificación de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento civil. Seis
págs. 343-348
Disposición final tercera: modificación de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento civil. Siete y ocho
págs. 349-354
Disposición final tercera: modificación de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento civil. Nueve
págs. 355-374
Disposición final tercera: modificación de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento civil. Diez
págs. 375-384
Disposición final tercera: modificación de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento civil. Once
págs. 385-400
Disposición final tercera: modificación de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento civil. Trece
págs. 401-404
Disposición final tercera: modificación de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento civil. Catorce
págs. 405-408
Disposición final tercera: modificación de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento civil. Quince
págs. 409-418
Disposición final tercera: modificación de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento civil. Dieciséis y veintitrés
págs. 419-422
Disposición final tercera: modificación de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento civil. Diecisiete
págs. 423-446
Disposición final tercera: modificación de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento civil. Dieciocho
págs. 447-450
Disposición final tercera: modificación de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento civil. Diecinueve
págs. 451-474
Disposición final tercera: modificación de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento civil. Veinte
págs. 475-476
Disposición final tercera: modificación de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento civil. Veintiuno
págs. 477-484
Disposición final tercera: modificación de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento civil. Veintidós
págs. 485-488
Disposición final tercera: modificación de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento civil. Veinticuatro
págs. 489-492
Disposición final cuarta: modificación de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de abogado y procurador de los tribunales
págs. 493-504
Disposición final quinta: título competencial
págs. 505-508
Disposición final sexta: incorporación de normas de la Unión Europea
págs. 509-524
Disposición final séptima: procedimiento simplificado de mediación por medios electrónicos para reclamaciones de cantidad
págs. 525-530
págs. 531-550
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