Elisa Pérez de los Cobos Hernández
El presente estudio tiene por objeto el análisis de los efectos que la incorporación de la variable ambiental ha tenido en los conflictos competenciales, en materia de agua, entre las Provincias y la Nación en Argentina. Se parte de la siguiente premisa: las posibles invasiones competenciales derivadas de la vis expansiva del medio ambiente. En el ordenamiento jurídico argentino, el agua se reconoce como un sector material autónomo, sujeto a su específico diseño constitucional de distribución de competencias, sin perjuicio de que, en su condición de recurso natural, quede integrada dentro del supra-concepto medio ambiente, sujeto, igualmente, a su propio sistema competencial.
La confluencia de potestades provinciales y nacionales sobre un mismo espacio físico es, sin duda, un foco continuo de conflictos competenciales que plantea siempre problemas de articulación y encaje. La vis expansiva del medio ambiente, llevada al extremo, podría absorber las demás competencias que inciden sobre el territorio, el entorno y los recursos naturales y, concretamente, en este caso, podría vaciar de contenido las competencias, bien nacionales, bien provinciales, en materia de aguas. Ahora bien, del mismo modo, el ejercicio de la competencia exclusiva sobre aguas continentales no puede originar un vacío de las competencias en materia de medio ambiente que dificulte la protección del recurso natural agua. Deviene, por tanto, fundamental, concretar, de un lado, la correcta distribución de competencias en materia de agua y, de otro, el alcance del título competencial en materia de medio ambiente y su distribución entre los poderes competentes. Y todo ello, a fin de comprender la cuestión de fondo que subyace en los conflictos que pueden derivarse de su confluencia, analizando los diferentes criterios que se han adoptado en Argentina para la resolución de estas controversias.
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