El ejercicio de los derechos humanos requiere un cierto grado de formación personal. El sistema constitucional, ni debe ni tiene forma de exigir un conocimiento mínimo para el ejercicio de determinados derechos, pero puede que sí esté en condiciones de ofrecer una formación básica para materializarlos en beneficio del titular y de la sociedad. Tan cierto es que el ser humano ejercita habitualmente buena parte de sus derechos de manera espontánea, sin haber tenido en todo caso que recibir sobre los mismos una instrucción o enseñanza previa, como que, por eso mismo, no siempre puede sacar todo el partido a las posibilidades que su estatuto jurídico le brinda para mejorar su vida personal y contribuir a un avance colectivo. Este estudio defiende la necesidad de configurar como obligatoria (a partir de la normativa convencional, constitucional y legal) la enseñanza de los derechos y libertades universalizados, y garantizar esa finalidad con cambios en el sistema educativo, esgrimiendo solo argumentos jurídicos, que acompañen a los filosóficos y prácticos que puedan aportarse desde otras disciplinas.
Educar en derechos, o enseñar los derechos, desde el punto de vista de esta monografía, es hacerlo en las edades tempranas, desde una perspectiva alfabetizadora caracterizada por la sencillez, que se puede acompañar por un estudio de su ambiente referencial (principios y valores) pero en ampliaciones sucesivas de niveles superiores del plan de estudios. Ese contenido concreto y asumible se obtiene desde nociones jurídicas básicas y comprensibles de lo que está inmediatamente garantizado. Se propone que educar en derechos sea formar en la visión jurídica práctica de los mismos, para hacer posible un mejor desarrollo del estatuto ciudadano de cada persona.
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