Fortalecer el área de libertad, seguridad y justicia en la UE implica adoptar medidas en ámbitos hasta los que ahora no alcanzaba, pero que son esenciales en la vida diaria, como el de las sucesiones y los testamentos. Para afrontar este desafío, así como para eliminar obstáculos a la libre circulación de personas que actualmente encuentran dificultades para hacer valer sus derechos cuando se trata de sucesiones transfronterizas, el Reglamento nº 650/2012 viene a posibilitar que los ciudadanos puedan organizar su sucesión con antelación. Por razones de seguridad jurídica, se deben introducir normas de conflicto para determinar qué ley será aplicable a la sucesión y qué Tribunales van a tener jurisdicción para conocer. La norma general debe asegurar que la sucesión sea tutelada como un todo por una única y previsible ley, con la que aquélla presente el vínculo más cercano.
Este instrumento legal nace sobre la base del principio de confianza mutua entre autoridades y servicios de los diferentes Estados miembros. Esto significa que han de ser tenidos en cuenta los distintos ordenamientos jurídicos de los EEMM incluyendo el orden público de éstos y sus respectivas tradiciones jurídicas nacionales. En este contexto, las redes existentes en el ámbito de la cooperación judicial civil y mercantil podrán ser de utilidad para acercar el conocimiento del derecho extranjero, así como para asegurar la coherencia y facilitar la utilización del Reglamento.
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