Las nuevas formas de organización del trabajo propiciadas por la aplicación de las nuevas tecnologías -la llamada Revolución 4.0- han traído consigo numerosas ventajas al mundo del trabajo y del empleo, entre otros. A su vez, su implementación ha diluido las fronteras entre el trabajo subordinado y el trabajo autónomo, incidiendo en la delimitación del estatuto jurídico protector de las personas trabajadoras. La proliferación de nuevas formas de trabajar ha provocado un importante incremento del trabajo autónomo, si bien, no siempre la realidad de la prestación de trabajo responde a esta modalidad de trabajo, situándonos en un espacio de frontera con el contrato de trabajo, cuestión que incide muy especialmente en la protección de seguridad social. Es en este espacio en el que el trabajo aquí presentado, en un primer orden, se aproxima al marco de referencia descrito, para constatar la variedad y singularidades de la amplia tipología de los trabajos existentes y la correlativa integración de la persona trabajadora en el correspondiente régimen público protector de Seguridad Social. A continuación, dado el importante trasvase de trabajadores hacia la actividad profesional por cuenta propia, se analiza el espacio jurídico protector singular que el Sistema de Seguridad Social pone a disposición de los trabajadores por cuenta propia, englobados en su correspondiente Régimen especial. Se trata así de establecer, a través de la diferenciación de la protección del RETA respecto al Régimen General, las consecuencias en materia de Seguridad social de la correcta calificación jurídica del trabajo desempeñado.
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