Algarrobico, historia de un fracaso institucional (Monografía núm. 1/2022. Revista de urbanismo y edificación) Un laberinto empresarial, social, mediático y jurídico -judicial, mejor dicho- de difícil escape y que merece el análisis ponderado de este poliédrico asunto. Son tres las variantes que, al hilo de sus fundamentos, ofrece el problema, y una más como consecuencia jurídico-económica del litigio: la ambiental -en su vertiente de delimitación del dominio público marítimo terrestre y sus servidumbres de protección, y en la de la protección del parque natural, con sus continuos cambios de delimitación y las sucesivos refrendos y anulaciones judiciales a los límites y alcance protector de sus determinaciones-; la urbanística -por la discutida y discutible vigencia en el transcurso de los “tiempos procesales” y de la virtualidad actual de planes y licencias, que pudieran devenir ya inútiles para el fin para el que se obtuvieron-; y la dominical -sobre la propiedad del terreno, quién es su titular, quién debía serlo, si la mano privada o la pública, mediante la aplicación de institutos coactivos, como la expropiación o el retracto, que parecen haber sido manejados con infructuosa pericia por las administraciones competentes-.
Una cuarta variante, la apendicular, es en la que ahora se está, la de mayor alcance en cuanto a lo económico, sin duda, pero también en lo doctrinal. Es respecto a ella, en esencia, sobre la que versará nuestro estudio. Se trata de la que escudriña los efectos y consecuencias sobre la eventual responsabilidad patrimonial de las administraciones actuantes. Si procede o no la indemnización al promotor por los cambios de criterio orientador en la defensa del entorno y en la planificación del suelo, sobre la ruina de la obra ejecutada y ya inútil; y si esa responsabilidad, de apreciarse, es atribuible a una sola o a las tres administraciones implicadas.
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