La actuación de los gestores, los administradores de una sociedad, la búsqueda del interés social por encima del conflicto con el interés propio, la diligencia exigible y la actuación honesta, leal y responsable, constituyen la médula misma que preside el comportamiento, la conducta y las decisiones de los gestores, ya sean tomadas individualmente u orgánicamente y de modo colegiado. Cuando se transgreden los ámbitos de una diligente y exigible actuación, cuando se daña a otros, a socios, a terceros acreedores, a la propia sociedad surge la exigencia de responsabilidad.
El mecanismo o vehículo normativo por el que se canaliza esta exigencia legal de responsabilidad debe partir necesariamente por una conciliación de los diferentes sistemas de responsabilidad que nuestro ordenamiento contiene y, en ciertos casos, contrapone erróneamente tanto en la norma como en la jurisprudencia. Hemos demostrado a lo largo de esta trabajo de investigación la errática contraposición, cuando no superposición de tres sistemas de responsabilidad, que han equivocado, también oscurecido, la efectividad de la exigencia, real y objetiva, de esa responsabilidad a los gestores.
Hemos analizado igualmente la compleja, pero sobre todo variadísima e incluso riquísima, composición morfológica de la gestión social, contrastando una realidad práctica que supera el dictado y previsión legales, e incluso doctrinal. Urge una pronta, recta y segura unificación de criterios, de directrices y de soluciones. Replantear las deficiencias, analizar las carencias y reescribir un armónico y efectivo, coherente y racional sistema de exigencia legal de responsabilidad por la gestión social.
Se analiza un tipo configurador claro y extendido, la sociedad de capital, la sociedad en suma corporativa, si bien la filosofía que impregna el estudio es perfectamente extensible a los viejos y hoy obsoletos tipos de sociedades personalistas. Estudiamos y reflexionamos los regímenes especiales de responsabilidad en dos ámbitos objetivos claros, el de la responsabilidad de los administradores gestores por incumplimiento de la obligación de disolver la sociedad y el régimen general u ordinario perpetuado en la nueva ley de Sociedades de Capital. Un análisis exhaustivo, donde se radiografía toda la jurisprudencia del Tribunal Supremo a lo largo de los últimos cincuenta años, las ambivalencias, los movimientos pendulares, los cambios de criterio, zonas de penumbra, etc.
Finalmente y como novedad ensayamos en este estudio un análisis empírico del impacto e incidencia que la gestión empresarial y la responsabilidad de los administradores tiene como causa proactiva en la generación de desempleo.
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