Dentro de la inestabilidad que caracteriza la historia constitucional de nuestro país durante el siglo XIX, el fallecimiento de Fernando VII abrió un nuevo período cargado de certezas e incertidumbres.
Las certezas vienen marcadas por la indudable necesidad de poner en marcha una serie de reformas económicas, administrativas y políticas que alejarán a nuestro país de las estructuras del Antiguo Régimen, profundamente desgastadas desde finales del siglo XVIII.
Las incertidumbres vienen determinadas por la elección del procedimiento más adecuado para conseguir aquel propósito. Pero como la historia del siglo XIX no se ha desarrollado de modo equilibrado y sereno en nuestro país, hemos de considerar otro hecho distorsionador representado por la lucha dinástica que enfrentó a D. Carlos y a la Reina Regente en una cruenta guerra civil.
Los gobernantes de tendencia liberal moderada, que asumieron el poder político en aquellos días, tuvieron que arbitrar un mecanismo que les permitiera conseguir su doble propósito de preservar los derechos dinásticos de Isabel II y mantener bajo control a una nación desestructurada desde distintos puntos de vista.
El instrumento utilizado a tal efecto fue el Estatuto Real, cuya naturaleza jurídica ha sido muy cuestionada pero que se convirtió, a juicio de los liberales moderados, en la ley fundamental de la época que permitió hacer realidad el principio de soberanía compartida entre el Rey y las Cortes, alejando el peligro del restablecimiento de la Constitución de Cádiz.
Nuestro propósito, siendo conscientes de que no existe una obra de conjunto sobre las Cortes del Estatuto Real, es ir más allá de la realización de un análisis institucional de las mismas y por ello nos hemos querido plantear, además, otra serie de cuestiones que, a modo de hipótesis, nos han sugerido un acercamiento al estudio de este corto, pero apasionante e interesante período. Tales interrogantes podían concretarse en los siguientes: ¿En qué medida las Cortes del Estatuto Real surgieron con vocación de continuidad o fueron un mero tránsito en este turbulento período de la historia de España? ¿El Estatuto Real y la convocatoria de las primeras Cortes de esta etapa eran un mero subterfugio para mantener los privilegios del Trono en la persona de Isabel II? ¿Las reformas que se llevaron a cabo en el plano político y administrativo eran las adecuadas para apoyar un cambio de estas características? El eje sobre el que hemos vertebrado el presente trabajo se ha centrado en un análisis de las Cortes del Estatuto contemplando una doble perspectiva: su marco normativo y el conjunto de realidades económicas, sociales y políticas que le sirvieron de referencia y que tanto influyeron en su posterior devenir.
Para ello hemos utilizado como principal fuente los Diarios de los Estamentos de Procuradores y Próceres, que a lo largo de estos dos años nos han abierto sus puertas para contemplar en primera persona todos los acontecimientos que allí se han ido sucediendo. Hemos sido testigos de apasionantes debates; de la implantación de prácticas parlamentarias, no previstas en la norma jurídica, tales como la moción de censura o las preguntas parlamentarias.
El presente trabajo nos ha permitido, en definitiva, enfrentarnos a un momento muy especial de nuestra historia y analizar cómo sus protagonistas lucharon por intentar modernizar sus estructuras utilizando los instrumentos que consideraron más adecuados. Instrumentos que tuvieron que adaptarse a la realidad del momento, absolutamente condicionada por los problemas que atenazaban a nuestra nación, de entre los que podemos destacar: la deficitaria situación económica y la cruenta guerra carlista, que supuso uun enfrentamiento de dos modos de entender España: el representado por los principios absolutistas y el de aquellos que aspiraban, con la Reina Regente al frente, a crear un nuevo Estado imbuido por un ideario moderado vigente en otras naciones europeas como Francia e Inglaterra.
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