Pocos han sido los aportes específicos y especializados sobre la relación de las normas imperativas sobrevenidas con los Tratados que se le enfrentan. Ninguna de las discusiones del ius cogens superviniens, apoyando o no su exigibilidad y justiciabilidad, se han referido al efecto práctico que la figura en cuestión genera en el presente y en el futuro, tanto en el Derecho Internacional como en los ordenamientos domésticos.
En este ámbito, cabe mencionar que apenas se ha hecho hincapié en cómo hacer operativa la posibilidad de terminar un Tratado cuando contraviene la referida normativa imperativa, recogida en el artículo 64 de la Convención de Viena de Derecho de los Tratados del año 1969.
Teniendo en cuenta lo anterior, a lo largo de cinco capítulos nuestra investigación se centra en determinar los elementos cruciales que hacen operativo, conforme el Derecho Internacional y el Derecho interno, el artículo 64 de la CVDT. Siendo este nuestro norte y enfocados en aportar nuevos criterios a un tema nunca antes abordado desde esta perspectiva, pusimos a prueba, en el escenario práctico, las correspondientes líneas de pensamiento conforme al desarrollo doctrinal y jurisprudencial que, a nivel internacional y comparado, existen hasta el momento sobre la materia.
Así, iniciamos explorando y analizando las decisiones de los tribunales internacionales y domésticos que han tenido la oportunidad de referirse a lo que debe considerarse ¿Tratado¿ (Capítulo I) para poder evaluar si otras fuentes del Derecho Internacional u otras actuaciones no reguladas por la CVDT podrían estar sujetas al control del artículo 64 de la CVDT.
Posteriormente, pasa a definir y caracterizar las normas de ius cogens no sólo desde la definición dada por el artículo 53 y 64 de la CVDT, sino también desde la doctrina y jurisprudencia, previa y posterior a la entrada en vigencia de la CVDT. Uno de los aportes principales de este trabajo es que logra agrupar en 3 categorías líneas de pensamiento conforme al desarrollo doctrinal y jurisprudencial que a nivel internacional y comparado existen hasta el momento sobre la materia (Capítulo II), lo que utiliza luego para caracterizar al ius cogens sobrevenido como la causa de terminación de Tratados más compleja recogida por la CVDT (Capítulo III).
Partiendo de esto desarrolla los criterios jurídicos y procedimentales, al momento de hacer operativo el artículo 64 de la CVDT. Allí encuentra diversos tipos de condicionantes dadas por el Derecho Internacional, los sujetos involucrados y el propio Derecho estatal, que causa una imposibilidad sobrevenida de cumplimiento del ius cogens superveniens como causa de terminación de los Tratados que la contraríen. Todas estas cuestiones y otras justifican, por tanto, un análisis combinado de lo público y privado eliminando su visión aislada en temas tan específicos como la ejecución de sentencias que ordenen la terminación de Tratados. Desde este punto de partida, se garantiza alcanzar soluciones globales y adaptadas a las exigencias de un marco internacional cambiante y estrechamente interdependiente. (Capítulo IV y V)
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