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El soft law en la fiscalidad internacional

  • Autores: Alberto Vega García
  • Directores de la Tesis: Antonia Agulló Agüero (dir. tes.)
  • Lectura: En la Universitat Pompeu Fabra ( España ) en 2014
  • Idioma: español
  • Tribunal Calificador de la Tesis: Rosario Huesa Vinaixa (presid.), José Manuel Calderón Carrero (secret.), Pasquale Pistone (voc.)
  • Materias:
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  • Resumen
    • El objetivo de esta tesis consiste en determinar el papel que desarrollan los instrumentos jurídicamente no vinculantes o "soft law" en el ámbito de la fiscalidad internacional. En concreto, este trabajo analiza la relación existente entre el "soft law" y las fuentes formales del Derecho, para lo cual se presta especial atención a cuestiones como la influencia del "soft law" en la interpretación del Derecho por los tribunales y las autoridades tributarias. Además, la tesis también examina la influencia de los diferentes actores internacionales en la configuración de estos instrumentos jurídicamente no vinculantes. De este modo se pretende aplicar el debate doctrinal sobre el "soft law", surgido en el contexto de las fuentes del Derecho Internacional, al ámbito de la fiscalidad internacional.

      La tesis se estructura en cuatro capítulos. Tras un primer capítulo introductorio sobre la noción de "soft law" y otros aspectos generales, los tres siguientes se centran en las principales muestras de "soft law" sobre fiscalidad internacional: los Modelos de convenio para evitar la doble imposición y sus Comentarios, las Directrices de la OCDE sobre precios de transferencia y los Estándares de la OCDE sobre transparencia e intercambio de información en materia tributaria.

      En relación con cada uno de estos instrumentos jurídicamente no vinculantes el análisis sigue un mismo patrón. Inicialmente se presenta el problema que pretenden resolver, como la doble imposición o la evasión fiscal. A continuación se trata el papel de los distintos actores internacionales en su proceso de elaboración y su naturaleza jurídica. Por último, se analiza la influencia del "soft law" en las fuentes formales del Derecho, tanto desde la perspectiva del Derecho Internacional (comentando la incidencia del "soft law" en la configuración e interpretación de los tratados y en el desarrollo de normas consuetudinarias y de principios generales del Derecho), como desde una perspectiva nacional (comparando, por ejemplo, la influencia del "soft law" en la legislación de distintos países).

      En cuanto a los resultados alcanzados mediante este estudio de naturaleza inductiva, destaca la individualización de los mecanismos a través de los que se produce la repercusión del "soft law" en el "hard law" y la identificación de los ámbitos de la fiscalidad internacional en los que estos tienen lugar más frecuentemente, así como de las posibles causas que explican dicho fenómeno. Igualmente, también se ha constatado que si bien inicialmente eran unos pocos Estados los que influían de forma significativa en la configuración del "soft law" en el contexto de las organizaciones internacionales, en la medida en que la vocación global del "soft law" sobre fiscalidad internacional ha resultado más evidente, ha sido necesario facilitar la participación de los distintos actores afectados, incluso mediante la creación de nuevos marcos de encuentro, como el Foro Global sobre Transparencia e Intercambio de Información con Fines Fiscales.

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