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Resumen de Mare nostrum: el derecho de salida al mar de los pueblos

Nicole Selamé Glena

  • En esta tesis he intentado defender la existencia de un derecho de salida al mar de todos los pueblos y la obligación correlativa de la comunidad internacional de garantizar su ejercicio. He comenzado explicando las particulares desventajas a las que se ven enfrentados los países acosteros y las consecuencias que esto trae para su desarrollo económico, político y social. Tanto desde una perspectiva general como con el ejemplo de tres casos particulares ¿Bolivia, Nepal y Etiopía- he mostrado que estos Estados se encuentran en condiciones mucho peores de lo que estarían si contaran con acceso marítimo, situándose entre los países más pobres del mundo y con los más bajos índices de desarrollo humano. He argumentado a favor del derecho de salida al mar y en contra de una serie de objeciones procedentes de diversos campos, que hacen hincapié en Rawls, la responsabilidad colectiva, la justicia global y los derechos territoriales.

    En el capítulo primero he explicado la relación entre la falta de salida marítima y las frágiles condiciones de desarrollo en que se encuentra la gran mayoría de los países acosteros. Con excepción de unos pocos Estados, la mayoría de los países acosteros cuenta con índice de desarrollo humano medio o bajo, estando ubicados prácticamente en todos los ítems por debajo de sus vecinos costeros (UNDP, 2013). El aislamiento ha implicado para estos Estados quedar desconectados de los flujos de personas, capitales, ideas y tecnología, lo que los ha dejado entre los países más pobres y débiles. Por una parte, la lejanía de los mercados, la precariedad de la infraestructura de transporte y la dependencia de sus vecinos han hecho que sus productos no sean competitivos a nivel global. Esto los ha llevado a mantenerse en estructuras de producción no diversificadas cuyo principal flujo de exportación consiste en materias primas, las que se ven ampliamente afectada por las variaciones del mercado, las crisis externas y los altos costes del transporte. Por la otra, la falta de intercambio de ideas y tecnologías, sumados a la pobreza extrema, han influido en la calidad de sus instituciones: los gobiernos de estos países son en general más corruptos, menos eficientes y menos representativos, lo que ha llevado al enriquecimiento de las élites gobernantes a costa de millones de personas y del medio ambiente. Los problemas relativos a la gobernabilidad de estos países, además, no solo los afectan a ellos, sino que se extienden dentro de las regiones generando focos de inestabilidad que llevan a mayores conflictos y más pobreza.

    En el segundo, tercer y cuarto capítulo he expuesto la situación particular de Bolivia, Nepal y Etiopía, un país de cada continente. Mediante estos tres ejemplos he querido mostrar que a pesar de las circunstancias distintas que los llevaron a no tener una salida marítima y a la desemejanza de su contexto regional, la mediterraneidad ha significado para todos un substancial impedimento en el crecimiento y en la generación de condiciones que permitan satisfacer las necesidades básicas de sus habitantes. Bolivia, tras haber perdido su salida marítima en una guerra contra Chile, ha hecho de la lucha por recuperarla un bastión fundamental de su política. La importancia del mar para el pueblo boliviano no radica simplemente en las ventajas económicas que reporta, sino que existe una vinculación profunda de este pueblo con el mar, siendo parte de su simbología nacional. Tanto es así que aun conservan su marina navegando en las aguas del lago Titicaca, que comparten con Perú. Por su parte, Nepal ha sufrido históricamente las consecuencias de verse cercado por la India, habiendo sido sujeto de abusos permanentes por parte de la misma, quien tiene el monopolio y monopsonio del comercio respecto a Nepal, además de ser su país de tránsito. Este control casi absoluto sobre Nepal le ha permitido comerciar con este país en términos extremadamente favorables para la India y perjudiciales para Nepal. Este aislamiento convirtió a Nepal en una especie de cápsula del tiempo donde hasta hace unos años se continuaban realizando prácticas medievales extremadamente opresivas y contrarias al desarrollo ya extinguidas en otros lugares. Por último la disputa de Etiopía con Eritrea por el puerto de Assab ha resultado especialmente compleja, ya que ha vuelto el Cuerno de África un foco de conflictos donde los distintos Estados luchan entre sí a través de proxy wars, devastando comunidades enteras, reclutando niños soldados y sembrando terror y muerte en la región. Las peleas entre etíopes y eritreos se han extendido a otros territorios dentro de África, aumentando la inestabilidad e impidiendo las mejoras estructurales necesarias para sacar a estos países de la extrema pobreza. Por otra parte, el estado de guerra permanente hace más fácil el mantenimiento de gobiernos dictatoriales que lucran a costa de su pueblo e impiden su bienestar.

    En el capítulo quinto me he hecho cargo de algunas objeciones que podrían plantearse desde la teoría rawlsiana, considerando que el principio de la diferencia no es aplicable a nivel global y que solo existe un deber de asistencia. He afirmado que aun cuando no se piense que los principios domésticos son aplicables al ámbito global, existen ciertas obligaciones periféricas que serán siempre aplicables, derivadas de principios de justicia reparativa, justicia conmutativa y justicia cooperativa. Por otra parte he señalado que los dominios local e internacional no son hoy tan distintos y por lo tanto puede plantearse la aplicación de los principios de justicia a nivel global. Por último, he adherido a una interpretación de la Teoría de la Justicia y del Derecho de Gentes según la cual la justicia no puede restringirse a rescatar a los que caen bajo un mínimo aceptable, sino que también debe consistir en no permitir circunstancias que, como la mediterraneidad, puedan abocar a un país a continuar bajo ese mínimo tras cualquier rescate. Así, todo acto por el cual un país pierde su derecho a acceder al mar debe ser considerado ilegítimo y tiene que ser compensado, pues significa la entrada de ese país en condiciones que hacen imposible mantener su carácter de bien ordenado.

    En el capítulo sexto me he enfrentado a la objeción de la responsabilidad colectiva, concluyendo que los Estados acosteros no pueden ser hechos responsables por la pérdida del mar ni por las condiciones en que se encuentran, dada su falta de autonomía. Tomando en cuenta que la gran mayoría de los hechos que determinaron la mediterraneidad ocurrieron hace muchísimo tiempo, que las actuales generaciones no se pueden considerar herederas de las pasadas pues la vida política ha sido interrumpida por golpes de Estado, guerrillas, etc. y que en general el pueblo se ha visto excluido de las decisiones en que se ha determinado la falta de territorio costero, no se puede considerar a los propios países mediterráneos responsables de su situación desaventajada. Con una cultura política débil y una economía precaria, inestable y dependiente de otros Estados, no podemos entender que esas acciones hayan representado realmente la voluntad de su pueblo.

    Por otra parte, aun cuando se insista en hacer responsables a estos países por su situación, hay que tener presente que estas atribuciones de responsabilidad no pueden ser ilimitadas. Por ejemplo, a menudo se menciona el hecho de que Bolivia perdió la región que la conectaba con el mar en una guerra que fue iniciada por su incumplimiento de un tratado internacional con Chile, pero no se explica de qué argumento se trata. He argumentado que tanto desde las teorías retributivas como preventivas es imposible justificar una pena tan severa como la pérdida permanente de la salida al mar. Haciendo un paralelo con las sanciones penales, he sostenido que, si se trata de retribución, el principio de proporcionalidad impide privar a un país de su salida al mar para siempre, pues no existen actos tan reprochables que justifiquen tamaño castigo. Si se trata de prevención, esta sanción eterna no cumpliría su cometido, pues no sirve para disuadir a quienes ya han perdido su costa ni a quienes abundan en ella.

    He mostrado también como dejar la justicia retributiva para apelar a la justicia distributiva según un igualitarismo de la suerte como el de Ronald Dworkin tampoco permite justificar el status quo por no haberse derivado este de un estado inicial de igualdad, por no considera que este estado inicial, de haber existido, pueda justificar cualquier desigualdad permanente y porque habría que suponer que los bolivianos de hoy aun se identifican con el espíritu desafiante de Bolivia y la guerra que llevo a la pérdida de mar. El capítulo concluye con la idea de que Bolivia no puede hacerse colectivamente responsable de no tener mar. Alguien podría intentar volver mis argumentos contra mí alegando que entonces Chile tampoco es colectivamente responsable de lo que ocurre a Bolivia. Mi respuesta es que culpar a Chile no es necesario, pues hay argumentos generales, no dirigidos a ningún país en particular sino a toda la humanidad, para dar acceso al mar compensando a los vecinos. Esta argumentación puede hacerse, por ejemplo, apelando a teorías que nada tienen que ver con la responsabilidad colectiva, ni siquiera con la cooperación social como fuente de riqueza y base del desarrollo. Las teorías cercanas a la tradición geoísta, por ejemplo, aportan una solución a este dilema ya que se basan en que la humanidad es la propietaria de los recursos del planeta.

    Dado que el planeta y los recursos naturales contenidos en él, incluida la costa, pertenecen a todos los seres humanos ya que nadie ha contribuido en su creación, es necesario corregir la distribución desigual que se ha producido y compensar a los países que se han visto perjudicados. La formación de los distintos territorios y la fijación de sus límites no han obedecido a principios de justicia, y han sido el azar y las contingencias históricas los que han determinado que algunos países carezcan hoy de salida marítima. La mediterraneidad, como he explicado, ha traído grandes desventajas para estos países, quienes se han visto limitados en su crecimiento y perjudicados en el diseño de sus instituciones. He presentado dos modelos de distribución de los recursos naturales que permiten implementar los principios geoístas, fijando un gravamen sobre los recursos naturales. Por una parte, el Fondo Global propuesto por Hillel Steiner que establece un impuesto del 100% sobre la propiedad de los recursos y, por otra, el Dividendo de Recursos Globales de Thomas Pogge que grava con una pequeña tasa el uso de los recursos con el fin de erradicar la pobreza extrema y evitar la destrucción del planeta.

    Como he señalado, mientras que en anteriores capítulos partía de una teoría aparentemente hostil a mi proyecto para mostrar que una interpretación más plausible y atractiva de las mismas era perfectamente compatible con el acceso universal al mar, en este capítulo parto de una posición cosmopolita aparentemente favorable pero que también da pie a una objeción importante, que es la posibilidad de compensar de otro modo a los países acosteros, sin darles nunca salida al mar. He respondido a esta objeción explicando las razones por las que dar acceso al mar es preferible, más estable y eficaz que las compensaciones. He apelado a una comparación con la restauración de una capacidad básica como la capacidad de andar y resaltado de nuevo la importancia de la autonomía.

    En el octavo capítulo he discutido la interpretación tradicional de los derechos territoriales como manifestación de un derecho de soberanía absoluto, que no admite limitaciones. He cuestionando que efectivamente se produzca una vulneración de los derechos soberanos de los Estados de tránsito al garantizar un derecho de acceso al mar para aquellos países que carezcan de él. He discutido el argumento de que negar el acceso marítimo afecte el derecho de autodeterminación. He sostenido que las tres manifestaciones de los derechos territoriales ¿el derecho a la jurisdicción, al aprovechamiento de los recursos naturales y al control de fronteras- pueden ser ejercidos de un modo compatible con la garantía marítima y que un corredor que permita a los Estados acosteros salir al mar resulta más relevante en términos de autonomía para el que lo recibe, que deja de ser dependiente de sus vecinos, que para el que lo otorga, que solo pierde un pequeño trozo de su territorio por el que será compensado. A mi entender, los argumentos que esgrimen nacionalistas y soberanistas para no ceder ni siquiera unos metros a otro país desesperado por la situación en que se encuentra no pueden ser la independencia o la soberanía, pues precisamente mientras más se valore la libertad de decidir sobre el propio destino, más se detestará una situación de permanente servidumbre y dependencia de los caprichos de los demás.

    Por último, en el capítulo noveno he presentado dos teorías sobre los derechos territoriales que admiten un ejercicio más inclusivo de los mismos y que son compatibles con la existencia de un derecho de salida marítima. La primera es la teoría de las fronteras democráticas, que sostiene que las fronteras actuales no son legítimas, pues se han creado a partir de procesos unilaterales. Para esta teoría las normas deben estar justificadas democráticamente respecto de todos aquellos que queden sujetos a su coerción. Como actualmente resulta muy difícil plantear una restructuración total del territorio, lo que se propone es que al menos en el ejercicio de los derechos de control fronterizo se tome también en consideración el interés de aquellos que deberían haber participado en la generación de los límites. Así, al momento de determinar si se debe o no dar acceso al mar a un determinado Estado, debe tomarse en cuenta la relevancia de esta medida para el Estado acostero, y no solo la voluntad del Estado de tránsito. La segunda es la teoría permisiva de los derechos territoriales, que señala que los derechos territoriales son provisionales y condicionales, y que solo pueden ser considerados legítimos si nos suscribimos a una autoridad global que distribuya el territorio de un modo más justo, lo que implica garantizar un derecho de acceso al mar para todos los Estados que no lo tienen.

    En resumen, tras identificar los problemas derivados de la mediterraneidad y analizar un ejemplo de país acostero en cada continente que los ilustra, aun planteando cada uno una problemática distinta (como lo es la derivada de poder acceder al mar solo a coste de dividir al país que nos rodea) he defendido el derecho a salir al mar de todos los Estados. Lo he defendido de posiciones aparentemente hostiles a este proyecto, así como de teorías cosmopolitas más favorables que planteaban igualmente objeciones al mismo. Por último he defendido este proyecto de la insistencia en los derechos territoriales a la antigua, y presentado dos teorías alternativas de los derechos territoriales más modernas y atractivas que permiten afirmar el derecho a acceder al mar sin ningún problema.

    Según mantengo, el acceso al mar es un derecho universal de todos los Estados, e incluso puede decirse que se trata de un derecho humano. Como se ha reconocido en el preámbulo de la Declaración Universal de Derecho Humanos ¿el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad¿ (ONU, 1948), y considero que actualmente pasar por alto el derecho de todos a acceder al mar está teniendo estas consecuencias, y es necesario contrarrestarlas cuanto antes. Algunos rechazarían esta sugerencia porque definen los derechos humanos como derechos individuales que las personas tienen en contra de sus Estados, y por lo tanto ven como absurdo pretender que todo boliviano, por ejemplo, tenga el derecho a que su Estado le garantice el acceso al mar si este último carece de él. Sin embargo, creo que esta es una concepción anticuada de los derechos humanos, igual como en el penúltimo capítulo analicé lo que considero una concepción anticuada de los derechos territoriales, Por una parte, los derechos humanos no pueden ser violados solamente por el Estado específico de las víctimas y por lo tanto existe una responsabilidad directa de los perpetradores de la violación de repararlas. Así como la globalización ha traído muchas ventajas, ha significado también que las violaciones de derechos humanos no solo sean cometidas localmente, sino también por otros Estados o entidades u organizaciones distintas de los Estados. Hoy en día ya nos hemos familiarizado con la idea, difundida por ejemplo por Thomas Pogge (2007, 2008), de que condenar al hambre o a condiciones de vida inhumanas a millones de personas en un Estado mediante prácticas o tratados internacionales desventajosos constituye una violación masiva de derechos humanos básicos. Grandes vulneraciones de derechos fundamentales son cometidas permanentemente por diferentes Estados, grupos de Estados, organizaciones internacionales y multinacionales. Así, los grandes males como las hambrunas, epidemias y la pobreza extrema, en general constituyen también violaciones en que muchas veces los agentes son distintos del Estado de las víctimas. Por otra parte, si sostenemos que los llamados derechos sociales o de tercera generación, como el derecho a la alimentación, a la salud y a la educación, son derechos que el individuo tiene frente al Estado, debe existir al menos una responsabilidad subsidiaria respecto de los demás actores. Si el propio Estado de la víctima no puede satisfacerlos no significa que los derechos desaparezcan, sino que otras entidades tendrán el deber de hacerse cargo de su satisfacción.

    En conclusión, creo que es perfectamente posible y plausible decir que el acceso al mar es un derecho humano. No he dedicado un capítulo a defender esta idea porque creo que la discusión es fundamentalmente semántica o demasiado dependiente de cómo queramos definir `derecho humano¿. Dejando al margen la cuestión de las definiciones, el principal argumento en contra de hablar de un derecho humano al mar sería una objeción general a la multiplicación de los derechos humanos que puede tener un cierto efecto inflacionario. Frente a esa objeción respondo que es un derecho básico y lo suficientemente importante como para ser incluido junto a otros ya recogidos en la Declaración Universal de 1948 como el que se refiere a las vacaciones pagadas. Además, mientras que hay otros derechos humanos que son violados con tal frecuencia que difícilmente podemos imaginar un mundo en que sean respetados, el derecho al mar es algo de lo que ya disfruta la gran mayoría de los Estados del mundo, de modo que su satisfacción universal no es en ningún modo una quimera o utopía, sino una meta que podría ser una realidad antes de que termine este siglo, con tal de que exista suficiente voluntad política.

    No ha sido un objetivo de esta tesis dar detalles de cómo se lograría esa meta proponiendo las soluciones geopolíticas más adecuadas para cada caso concreto, pues es necesario para ello realizar un estudio particular de las características específicas de cada país y región, lo que excedería el rango de este trabajo. Más allá de la salida soberana, la Organización de Naciones Unidas ha estado trabajando en la búsqueda de soluciones para los países acosteros mediante la implementación del Programa de Acción de Almaty, que siguió a la Declaración de Almaty del año 2003. A través de la optimización en las políticas aduaneras, reducción de la burocracia y los costos asociados a ella, mejoras en la infraestructura de transporte, medidas de comercio internacional, asistencia internacional técnica y financiera y monitoreo de los tratados, se ha intentado facilitar el intercambio entre los Estados acosteros y el resto del mundo de manera de poder incrementar sus condiciones de desarrollo. Los efectos de las medidas serán analizados en la revisión del programa con motivo de los 10 años de este durante el año 2014, habiendo tenido ya lugar las reuniones regionales durante el año 2013. Por su parte, especialistas en los países acosteros como Uprety (2006) han también denunciado las dificultades sufridas por estos países y propuesto medidas que permitan la facilitación de los regímenes de tránsito y los ayuden a salir de la extrema pobreza. Sin embargo, como he señalado anteriormente, estas medidas no han resultado suficientes y es necesario plantear nuevas opciones.

    Lo que he intentado aquí es afirmar, como un primer paso en este camino, la existencia de un derecho de salida al mar para todos los pueblos, que debe ser garantizado por la comunidad internacional. Las condiciones en que se debe satisfacer ese derecho, quién debe entregar la costa y cómo deben distribuirse los costos entre todos los países, variarán según los casos. No obstante, teniendo en cuenta lo que se ha argumentado a lo largo de este trabajo pueden establecerse una serie de directrices o principios generales.

    Grado de acceso. Estabilidad y autonomía.

    El acceso al mar puede lograrse de muchas formas. Por ejemplo, de Bolivia al mar puede abrirse un corredor suficientemente ancho como para que por el discurra, además de un gaseoducto subterráneo que no ocupa lugar, una vía férrea, una carretera y un carril para ciclistas y peatones, todos de doble dirección. Pero también podría permitirse solo un tren de una sola vía con el gaseoducto por debajo, de forma que no se ocuparan más de tres metros. Y siendo todavía más tacaños, el corredor podría pertenecer por tercios a Chile, Perú y Bolivia, o incluso podría pertenecer solo a Chile y Perú, o a uno de ellos, dando a Bolivia un mero permiso de paso y ciertas garantías aduaneras.

    Cuanto menor el acceso, más se parecerá la solución a la situación actual, con la inestabilidad y dependencia que eso significa. Un territorio compartido por tres países con criterios e intereses distintos y hasta enfrentados, sumado a una historia de profunda hostilidad, más bien parece una receta para el conflicto que una solución para lograr la paz y la estabilidad. Uno de los argumentos en contra de cambiar las fronteras es precisamente la importancia de la estabilidad y un paso tan precario tendería a ser mucho más inestable que un paso soberano cuyas ventajas y desventajas quedasen patentes desde el principio, a fin de dar una forma concreta a la solución. Por ejemplo, si el argumento en contra de un acceso soberano es el peligro de que los bolivianos emigren a Chile, ese problema seguiría existiendo con la soberanía compartida, pero podría desaparecer si el tren tuviese solo unas cuantas paradas bien vigiladas y fuese demasiado rápido como para permitir que la gente suba o baje en marcha. Además Chile tiene actualmente una frontera con Bolivia por donde podrían cruzar hoy mismo los bolivianos que tienen más motivos para entrar a Chile ahora que se interpone entre ellos y el mar, que si Bolivia tuviese su salida.

    Habrá casos en los que no pueda darse un acceso soberano debido a la existencia de una distancia excesiva o demasiado complicada, o a que ello obligaría a dividir al país vecino, cuyos habitantes tendrían que cruzar puentes para pasar de una región a otra. Por eso no puede darse una misma solución concreta a todos los países. Pero sí puede recomendarse una salida suficiente, soberana y estable. Cuando algo es tan vital e importante como respirar, lo pertinente es defender un derecho a respirar aire puro y en las cantidades adecuadas para los pulmones humanos, y no solo por una pajita un aire contaminado y pobre en oxígeno que se limite a impedir solamente la muerte.

    Resulta peligroso garantizar el ejercicio del derecho simplemente mediante acuerdos de tránsito, porque mantiene la situación de asimetría entre estos Estados quedando los países acosteros sujetos a los cambios en la voluntad política del país de tránsito y a los conflictos que puedan surgir entre ambos. Si cuentan con un acceso soberano no solo logran la comunicación con el mar sino que también adquieren poder negociador para estar en condiciones de paridad en futuros acuerdos. La solución por tanto no solo ha de garantizar la estabilidad de la zona, sino la independencia del país y su capacidad de jugar como un igual en el marco político internacional.

    Donante del acceso: minimización de costos Consideremos primero quién donará el territorio, que es algo distinto a quién cargará con todos los costos de garantizar el acceso soberano. En principio quien debe ceder el territorio es el país que pueda proporcionar el acceso más corto y expedito, pues esto además de facilitar las obras y reducir los gastos de transporte y la contaminación significa que el territorio perdido por otros es el menor posible. En los casos en que haya opciones comparables, como es el caso de Bolivia que puede salir por Perú o Chile más o menos con la misma facilidad, deberá repartirse el costo entre los países involucrados, entregando cada uno una cierta cantidad de metros atendiendo a quién tenga más costa y por tanto pierda relativamente menos al sacrificarla.

    Evidentemente no todas las costas son igual de valiosas y deberá atenderse al valor relativo de las mismas. Costaría más a Mónaco ceder un metro de Costa Azul que a Canadá o Siberia varios metros de costa ártica. Pero el principio de costo menor cubre ya esas posibles diferencias derivadas del clima, explotación turística, existencia de yacimientos o cualquier otra condición o actividad que le agregue valor. También es necesario considerar la cantidad de costa del país en cuestión, pues puede ocurrir que el costo menor en términos de costa corresponda a un país que aun perdiendo muy poco, sufra más por perder algo de lo muy poco que tiene.

    La donación de costa, como he anunciado, no es lo mismo que donación de los costes que pueden y deben ser sufragados por otros países que no solo podrían encargarse de las obras necesarias, sino también de compensar al donante. En principio deben hacerse cargo de los costes todos los demás países, de acuerdo con sus capacidades económicas. Es responsabilidad de toda la comunidad internacional garantizar el acceso al mar de todos los pueblos, haciéndose cargo de los costos asociados a la cesión de costa y el desarrollo de la infraestructura necesaria. Si el donante de costa es ya rico tendría opción a menos compensación, pues entraría entre los países a los que corresponde contribuir colectivamente a subvencionar el acceso al mar de todos los países, mediante un impuesto progresivo sobre la renta. El costo impuesto no resultará demasiado gravoso, pues solo se pide que se compense por el otorgamiento de un mínimo de costa necesaria para que exista un tránsito fluido y seguro. La pérdida de poder sobre los vecinos acosteros y las ventajas derivadas de ello no pueden ser considerados, pues se trata de un mecanismo de dominación ilegítimo.

    Habrá quien asumiendo un criterio exclusivamente geoísta (Casal, 2011) mantenga que aquí de lo que se trata es de distribuir la costa, y es suficiente con que Chile tenga más costa que Perú, sin que sea necesario cerciorarnos también de que Chile sea más rico. A mi juicio, aunque no niego la plausibilidad de los principios geoístas y estoy de acuerdo con que el hecho de que Chile tenga tanta costa sea considerado un factor crucial y no irrelevante, no debemos ser monistas y mantener que los recursos naturales planetarios deben ser la única métrica relevante para la justicia distributiva. El hecho de que Chile sea más rico que Perú es también importante. El principio de señalar como donante a aquel que menos le cueste, buscando siempre al más cercano tiene como consecuencia lógica que no miremos solo a cuanta costa tiene cada uno, sino también a otros costos y a la gravedad que reviste para ricos y pobres contribuir a financiar un proyecto de una envergadura semejante.

    Puede también objetarse que estos criterios, centrados en la realidad presente, ignoran hechos históricos relevantes. Por ejemplo, el hecho de que Bolivia saliese al mar históricamente por territorio que actualmente es chileno podría considerarse un hecho relevante a la hora de decidir no quien ha de pagar los costos, pero sí quién ha de ceder costa. Lo mismo podríamos decir del hecho de que la costa haya sido perdida en una guerra injusta. Pero, ¿qué tipo de argumento es este? Supongamos que argumentamos que debe dársele costa chilena porque eso hará más ilusión a los bolivianos o devengará mayor utilidad o satisfacción de preferencias. En este trabajo se ha defendido solo el derecho de acceder al mar, y no el de instalarse en cualquier territorio en el que a uno le gustaría situarse. Para que ese criterio tenga algo de peso habría que poder hacer referencia a algo diferente, como la persistencia de comunidades lingüísticas o culturales en las áreas que solían pertenecer al país acostero y que actualmente son minorías culturales, que se sientes aisladas, acosadas o discriminadas por la mayoría circundante.

    Otro criterio histórico que podría tener cierta relevancia es el hecho de que un país se haya beneficiado de mantener a otro efectivamente sitiado, mientras que otro país vecino no lo haya hecho. Por ejemplo, el hecho de que la India, y no Bangladesh, se haya beneficiado del cerco que mantiene sobre Nepal podría pesar a favor de que la India haga una cesión territorial mayor que Bangladesh a fin de dar salida al mar a Nepal. En este caso, este argumento sería subsidiario para que no sea Bangladesh, sino la India que tiene más costa y es más rico, quien ceda costa y contribuya más con los costos. No obstante, dada la dificultad de demostrar este tipo de afirmaciones y los problemas que plantean en términos de responsabilidad colectiva (ya que el abuso indio sobre Nepal es muy anterior a la democracia), deberán primar los criterios no-históricos (la India es más rica y tiene más costa) sobre los históricos (la India explotó el estado de sitio de Nepal). Hacer depender la cesión territorial de una supuesta rectificación histórica no es la mejor forma de lograr que la convivencia sea civilizada y pacífica. La India y en general todos los Estados prefieren sin duda que se les haga pagar por ser grandes y ricos y no por ser opresores históricos.

    Aun cuando parece complicado actualmente plantear una reestructuración de las fronteras a nivel global de modo que todos los países cuenten al menos con un trozo de costa, no lo es tanto, como he intentado demostrar con mis mapas. Además, el hecho de que no se considere factible hoy no significa que la obligación no exista. En aquellos casos en que no se pueda, tenemos el deber de hacer todo lo posible para crear las condiciones que hagan esto viable en el futuro próximo. Los Estados deben asumir el compromiso de otorgar salida marítima a todos los países que carezcan de ella y hacer las reformas institucionales y crear los mecanismos globales para llevar a cabo dicha distribución. Como sostiene Pablo Gilabert (2012: 241), se trata de deberes dinámicos, pues una demanda de justicia puede no ser realizable ahora, pero puede volverse factible como consecuencia de la acción política lúcida que genere las condiciones para su realización. Y eso es lo que hace falta hoy.

    Una de las frases más repetidas en los debates sobre justicia mundial y economía del desarrollo es la de que ¿si les das un pez solucionaras el hambre de un día, si les enseñas a pescar, solucionaras el problema del hambre para toda la vida¿. Una de las conclusiones principales a las que he llegado realizando esta investigación es que deberíamos añadir una coletilla a este slogan. ¿Déjales llegar al mar, y ni siquiera tendrás que enseñarles a pescar: seguro que aprenden solos enseguida¿. Debemos asistir a los minusválidos, pero lo ideal es sin duda hacer lo necesario para que no tengan minusvalías. La mediterraneidad es una importante minusvalía a escala nacional, pero también es una minusvalía colectiva que puede erradicarse a nivel mundial.

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