LA INCLUSION DE LOS MIEMBROS DE LA IGLESIA CATOLICA EN LA SEGURIDAD SOCIAL DEL ESTADO, COMO CONSECUENCIA DE LA TENDENCIA EXPANSIVA DEL DERECHO LABORAL Y DE LA COBERTURA DE TODOS LOS RIESGOS EN EL TRABAJO, PLANTEA UNA PROBLEMATICA ESPECIAL QUE VIENE DETERMINADA POR LA DIFICULTAD QUE PRESENTA, POR UNA PARTE, ENCUADRAR LOS ENTES RELIGIOSOS DENTRO DEL FENOMENO DE LAS EMPRESAS IDEOLOGICAS, TAMBIEN DENOMINADAS DE TENDENCIA, Y POR OTRA PARTE COORDINAR CATEGORIAS Y CONCEPTOS JURIDICOS NACIDOS EN EL ORDENAMIENTO CANONICO CON PRINCIPIOS Y NORMAS PROPIAS DE LA ESFERA LABORAL DEL ESTADO, LO QUE PRODUCE UNA COMPLEJA UNION DE ELEMENTOS JURIDICOS QUE EXIGE UN PROFUNDO ESTUDIO. TRADICIONALMENTE ESTE COLECTIVO HA REALIZADO UNA SERIE DE TRABAJOS QUE DIFICILMENTE PUEDEN SER CALIFICADOS COMO LUCRATIVOS, TRABAJOS INTEGRADOS POR UN CONJUNTO DE ACTIVIDADES REGULADAS POR UNA NORMATIVA PROPIA, AUTONOMA E INDEPENDIENTE QUE VIENE DETERMINADA POR EL DERECHO CANONICO Y QUE PRESENTA INCONVENIENTES CUANDO SE TRATA DE ENCUADRAR EN ALGUNA DE LAS CATEGORIAS QUE INTEGRAN EL COMPLEJO AMBITO LABORAL.
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