LA FUNCION FINANCIERA Y LAS ESTRATEGIAS DE INVERSION DE LOS FONDOS DE PENSIONES SE ESTUDIAN DESDE EL PUNTO DE VISTA DE LA TOMA DE DECISIONES, CONTANDO CON DOS MARCOS LEGALES DE REFERENCIA: LA LEGISLACION ESPAÑOLA (LEY 8/1987 DE REGULACION DE LOS PLANES Y FONDOS DE PENSIONES Y POSTERIOR REGLAMENTO O RD 1307/1988) Y LA NORMATIVA ESTADOUNIDENSE. LAS RELACIONES FINANCIERAS ESTABLECIDAS ENTRE LOS SUJETOS IMPLICADOS EN UN FONDO DE PENSIONES SE FORMALIZAN A PARTIR DE TITULOS FINANCIEROS CONOCIDOS:
ACCIONES, DEUDA Y OPCIONES. LA ESTRATEGIA DE INVERSION DE LOS FONDOS DE PENSIONES DEBE SER UNA ESTRATEGIA DE PROTECCION DE CARTERAS QUE PERMITA PROTEGER UN RATIO DE DOTACION (ACTIVO/DEUDAS). LA ESTRATEGIA DE PROTECCION PROPORCIONAL PROPUESTA ES UNA ESTRATEGIA DE INVARIABILIDAD TEMPORAL (BRENNAN-SCHWARTZ) APLICADA AL INTERCAMBIO DE CARTERAS (MARGRABE), QUE CUMPLE LAS CONDICIONES DE BOOKSTABER Y LANGSAM. NO INCORPORA ELEMENTOS ESPECULATIVOS, A DIFERENCIA DE LA ESTRATEGIA DE HORIZONTE FINITO, SIENDO IDONEA COMO ESTRATEGIA BASICA DE INVERSION DE LOS FONDOS DE PENSIONES.
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