En la primera parte se procede a la construcción de una teoria juridica sobre el sector de la economía social. Para ello una vez fijado el perímetro del sector mediante su concepto, se procede al estudio del Derecho de la Economía Social y de su principal protagonista: la empresa de economía social.
Desde la mencionada teoria, se procede el analisis y caracterización de uno de los más singulares agentes integrados en el sector. La sociedad laboral. De este modo no solo caracterizamos a un nuevo tipo societario, causalmente autónomo, sino también procedemos al "falsamiento" de nuestra teoría jurídica.
Por último, en la tercera parte, al hilo de la necesaria atribución de significado al Art. 5.3 de la Ley 4/1997 de Sociedades Laborales, nos ocupamos de los grupos de sociedades laborales y otros fenómenos de colaboración interempresarial.
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