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Resumen de Hipoteca en garantía de cuentas corrientes

Sergio Llebaría Samper

  • ESTRUCTURADO EL ESTUDIO DEL TEMA EN CINCO PARTES, LA PRIMERA -HISTORICA- CONSTITUYE UN REPASO DE LA PROTECCION QUE NUESTRO DERECHO HISTORICO HA DISPENSADO A LA OBLIGACION FUTURA, CENTRANDONOS ESPECIALMENTE EN LA LEY HIPOTECARIA DE 1861 Y EN LA DE 1909, INSTAURADORA ESTA DE TAL MODALIDAD HIPOTECARIA. LA SEGUNDA PARTE, CENTRADA EN EL EXAMEN DE LA OBLIGACION ASEGURADA, NOS DEMUESTRA QUE LA MISMA LO ES EL SALDO FINAL RESULTANTE DE UNA CUENTA CORRIENTE, CON INDEPENDENCIA DE LA NATURALEZA CONTRACTUAL SUBYACENTE. LA TERCERA PARTE COMIENZA POR APROXIMARNOS A LA CONCEPCION Y NATURALEZA DE ESTA HIPOTECA, COMO INTEGRANTE DE LAS DE SEGURIDAD, PROSIGUE ANALIZANDO SUS PECULIARES REQUISITOS CONSTITUTIVOS Y FINALIZA OFRECIENDO UN TRATAMIENTO A LAS POSIBLES ALTERACIONES SUBJETIVAS U OBJETIVAS QUE PUEDAN AFECTAR TANTO AL DERECHO REAL COMO AL OBLIGACIONAL GARANTIZADO POR LA HIPOTECA, Y QUE EMPIEZAN A CONSTATAR UN EVIDENTE DESCUIDO DEL LEGISLADOR HACIA ESTA CONCRETA MANIFESTACION HIPOTECARIA MAXIMAL. LA CUARTA PARTE SE DESTINA AL ENFOQUE PROCESAL, A LAS PECULIARIDADES QUE PRESENTA LA EJECUCION DE ESTA HIPOTECA, HACIENDO ESPECIAL CONSIDERACION A LA ACCION HIPOTECARIA EJERCITABLE POR EL PROCEDIMIENTO PREVISTO EN EL ART. 131 LH, Y CON ESPECIAL DETENIMIENTO EN LAS NORMAS ADJETIVAS CONTENIDAS ESENCIALMENTE EN LOS ARTS. 132 Y 153 LH. FINALMENTE, LA QUINTA Y ULTIMA PARTE CONTIENE UN REPASO ILUSTRATIVO DEL DERECHO Y LEGISLACIONES COMPARADAS, CON ESPECIAL REFERENCIA AL FRANCES, ITALIANO Y ALEMAN, LO QUE PERMITE EXTRAER ALGUNAS CONCLUSIONES QUE RUBRICAN ESTA QUINTA PARTE.


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