Ayuda
Ir al contenido

Dialnet


La legítima defensa: una revisión normativista

  • Autores: Omar Palermo
  • Directores de la Tesis: Jesús María Silva Sánchez (dir. tes.)
  • Lectura: En la Universitat Pompeu Fabra ( España ) en 2005
  • Idioma: español
  • Tribunal Calificador de la Tesis: Santiago Mir Puig (presid.), María Teresa Castiñeira Palou (secret.), Enrique Bacigalupo Zapater (voc.), Enrique Peñaranda Ramos (voc.), Ángel José Sanz Morán (voc.)
  • Materias:
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • Esta tesis tiene por objeto una revisión normativista de los distintos modelos de fundamentación de la legítima defensa. La teoría dominante explica esta causa de justificación sobre la base dos principios fundamentales, a saber, el principio de protección individual y el principio del prevalecimiento del Derecho. El primero de ellos explica los aspectos individuales de la legítima defensa, en el sentido que los ataques al orden público y los bienes de la comunidad no son susceptibles de impedirse o repelerse mediante esta eximente. Asimismo, tampoco una agresión inidónea genera una situación de legítima defensa, pues no pone en peligro real ningún bien jurídico.

      En cuanto al principio del prevalecimiento del Derecho, es el que explica los aspectos suprandividuales de la legítima defensa, a saber, la falta de proporcionalidad de la acción defensiva y las restricciones ético-sociales.

      En la primera parte de la tesis se lleva a cabo un análisis crítico de ésta y del resto de las teorías de la legítima defensa. Según creo, la teoría dualista no constituye una teoría sino una acumulación de principios que se sustituyen unos a otros sin que haya un criterio armonizador de los distintos puntos de vista que se pretenden combinar. En la segunda parte se formula la propia concepción que intenta fundamentar la legítima defensa sobre la base del principio de autorresponsabilidad: el agresor no sólo responde de las consecuencias lesivas que ha ocasionado en el ámbito de organización del agredido, sino en la propia organización. Si esto es así, la legítima defensa no es un supuesto de heterolesión, sino de autolesión del propio agresor, pues las lesiones que el agredido le causa en legítima defensa normativamente se imputan al ámbito de organización del agresor.

      De esta primera conclusión se deriva una segunda: la legítima defensa no es en realidad una causa de justificación, sino de exclusión del mismo tipo ob


Fundación Dialnet

Dialnet Plus

  • Más información sobre Dialnet Plus

Opciones de compartir

Opciones de entorno