La tesis pretende demonstrar que para la Ciencia Jurídica la imagen de la persona comprende tanto el original como la reproducción y que esa imagen es un todo constituido por materia y forma, que comprende las características físicas, como el cuerpo, la voz, los gestos, los modos y otros aspectos. Se considera el concepto pleno de imagen donde se examinarán varias teorías sobre el derecho a la propia imagen para definirlo como un derecho autónomo y con sus características, analizaremos los elementos: el sujeto de derecho (imagen del nascituro, del menor de edad y de la persona jurídica), el objeto (imagen científica e imagen de las cosas) y el contenido que consiste en el derecho de disponer, límites del uso del derecho a la imagen y su extinción. Y por último, se investigó el tema de la responsabilidad civil-constitucional de Portugal, España y Brasil, en total consonancia con el nuevo centro conformador del ordenamiento jurídico que es el Principio de Dignidad de la persona. Se parte de la premisa donde todo derecho existe y tiene su razón de existir en las personas, motivo por el cual todo ordenamiento jurídico debe buscar fórmulas exegéticas de alcanzar la maximización en la valorización del sujeto con intención de alcanzar la mayor plenitud del ser, alejándose del antiguo paradigma del "tener". En este aspecto es que el derecho a la propia imagen, integra el rol no taxativo de derechos a la personalidad, debe ser un instrumento de valorización del individuo. Bajo esta perspectiva, es que se debe alejar de las teorías que niegan la existencia del propio derecho a la imagen, o aquellas que vinculan a su protección la guardia de otros bienes también jurídicamente protegidos, tales como: la honra, la propiedad, la intimidad, la identidad, el patrimonio moral, el derecho de autor y la libertad, debiéndose abogar a su total autonomía, visto que el bien "imagen" fue elegido y es tratado de forma autónoma por las leyes. Así que, el Estado debe conferir al sujeto de derecho, instrumentos procesales adecuados para evitar lesión al derecho a la propia imagen, a su perpetuación o repetición, alejándose el ilícito.
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