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El derecho a la propia voz como derecho de la personalidad

  • Autores: Julia Ammerman Yebra
  • Directores de la Tesis: María Paz García Rubio (dir. tes.), Marta Otero Crespo (dir. tes.)
  • Lectura: En la Universidade de Santiago de Compostela ( España ) en 2020
  • Idioma: español
  • Tribunal Calificador de la Tesis: Encarna Roca Trias (presid.), Antonia Nieto Alonso (secret.), Giorgio Resta (voc.)
  • Programa de doctorado: Programa de Doctorado en Derecho por la Universidad de Santiago de Compostela
  • Materias:
  • Enlaces
    • Tesis en acceso abierto en: MINERVA
  • Resumen
    • La presente memoria de tesis doctoral se centra en el estudio de la voz como derecho de la personalidad. Partiendo de un análisis histórico sobre la protección de la personalidad y de diversas cuestiones problemáticas que afectan a los derechos de la personalidad, mostramos las respuestas que la doctrina y jurisprudencia comparada ha dado a la protección jurídica de la voz. Proponemos una configuración del derecho a la voz en el ordenamiento jurídico español como derecho autónomo de la personalidad, con un marcado carácter patrimonial y cuya protección debe garantizarse también una vez fallecido su titular. La voz podrá constituirse en la prestación principal de un contrato, por ejemplo, de los sectores artístico, del doblaje o del tecnológico. Su tutela jurídica vendrá dada, primordialmente, a través del art. 9 LO 1/1982, especialmente a través de las acciones preventivas, de indemnización de daños y de enriquecimiento sin causa, pero en determinados casos, también podrán aplicarse las normativas de protección de datos, propiedad intelectual y competencia desleal.


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