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Legitimidad de la justicia transicional en Colombia: Una reformulación normativa desde los derechos humanos

  • Autores: Paula Andrea Valencia Valencia
  • Directores de la Tesis: Pedro Francés Gómez (dir. tes.)
  • Lectura: En la Universidad de Granada ( España ) en 2020
  • Idioma: español
  • Número de páginas: 254
  • Tribunal Calificador de la Tesis: Mario López Martínez (presid.), Francisco Lara (secret.), Sandra Borda Guzmán (voc.), Blanca Rodríguez López (voc.), Manuel Toscano Méndez (voc.)
  • Programa de doctorado: Programa de Doctorado en Filosofía por la Universidad de Granada
  • Materias:
  • Enlaces
    • Tesis en acceso abierto en: DIGIBUG
  • Resumen
    • español

      En 2016, el Gobierno colombiano y las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia [FARC] acordaron terminar el conflicto armado que sostuvieron por más de medio siglo. A cambio de la desmovilización, desarme y reintegración de los miembros de esta guerrilla, se pactaron algunos beneficios financieros, políticos y judiciales. Además, se acordó la creación de diferentes medidas para esclarecer la verdad, obtener justicia, reparar a las víctimas y prevenir la repetición de lo sucedido. Con el Acuerdo, el gobierno negociador renunció a usar la fuerza contra las FARC y decidió avanzar en la construcción de la paz mediante la implementación de la Justicia Transicional. Sin embargo, el sistema transicional implementado ha sido fuertemente criticado, especialmente, su componente judicial: La Jurisdicción Especial para la Paz que fue creada para juzgar y castigar, con sanciones no necesariamente privativas de libertad, a quienes cometieron delitos durante el conflicto armado. Parte de la sociedad colombiana y el gobierno actual, tienen la creencia que los beneficios otorgados a los miembros de la guerrilla no están justificados y que, por tanto, el Acuerdo fue una maniobra política para otorgar impunidad a las FARC. El objetivo de esta investigación es responder a la cuestión filosófico-política sobre la legitimidad de la Jurisdicción Especial para la Paz como elemento de Justicia Transicional. Para ello, se presentan cinco criterios de legitimidad a cuya luz se analiza el caso de la Justicia Transicional en Colombia. Como resultado se defiende la tesis de que la Jurisdicción para Especial para la Paz y, por extensión el sistema de Justicia Transicional diseñado, puede ser considerado legítimo, incluso a los ojos de los críticos. Partiendo de distintas teorías de la legitimidad política y moral, se argumenta que la legitimidad del sistema implementado proviene de: primero, el proceso deliberativo que se dio en la formación del acuerdo durante la negociación; segundo, el carácter racional del pacto sobre la justicia como solución del proceso negociador; tercero, el respaldo social que el acuerdo obtuvo en las zonas más azotadas por el conflicto y la refrendación que recibió por vía de la democracia representativa [legitimidad social y legitimidad jurídicoformal]; cuarto, la utilidad del Acuerdo y del tratamiento sancionatorio que se adoptó, medida por sus consecuencias objetivas y sus consecuencias esperadas o previstas y, quinto, la justificación que respalda la decisión del gobierno de haber renunciado al uso de la fuerza dado que, al menos parte de la violencia producida, no estaba moralmente justificada según el análisis aquí presentado. Estos criterios de legitimidad permiten concluir que la decisión del anterior gobierno de Colombia de poner fin al conflicto con las FARC mediante una negociación estuvo razonablemente fundada y que, por tanto, la decisión de aplicar la Justicia Transicional para contribuir a este objetivo y buscar la construcción de una paz duradera puede ser vista como moral, política y socialmente legítima. Incluso, si esta elección ha implicado renunciar al uso de la fuerza y hacer concesiones, especialmente en términos de justicia penal-retributiva.

    • English

      In 2016, the Colombian Government and the Revolutionary Armed Forces of Colombia [FARC] agreed on the end of the armed conflict that they held for more than half a century. In exchange for the demobilization, disarmament and reintegration of this guerrilla members, some financial, political and judicial benefits were granted. In addition, the creation of different measures to clarify the truth, obtain justice, repair the victims and prevent the repetition of wrongdoing, was agreed as well. With the Agreement, the negotiating government renounced the use of force against the FARC and decided to advance in peace-building through the implementation of Transitional Justice. However, this transitional system has been strongly criticized, especially its judicial component: The Special Jurisdiction for Peace, which was created to judge and punish, with penalties that may be different from imprisonment, those who committed crimes during the armed conflict. Part of the Colombian society as well as the current government hold the belief that the benefits granted to the guerrilla members are not justified and, therefore, that the Agreement was a political maneuver to grant impunity to the FARC. The aim of this research is to answer the philosophical-political question about the legitimacy of the Special Jurisdiction for Peace as part of the Transitional Justice System. Five legitimacy criteria are presented and used to analyze the case of Colombian Transitional Justice. As a result, it is suggested that the Special Jurisdiction for Peace and, by extension, the whole Transitional Justice System, can be regarded as legitimate; even in the eyes of the critics. Drawing upon different theories of political and moral legitimacy, it is argued that the legitimacy of the implemented system derives from the following: first, the deliberative process carried out in the formation of the Agreement; second, the rationality of the content of the agreement -regarding justice- as a solution to the bargaining process staged by the parties; third, the social support that this agreement obtained in the most affected areas by the conflict and its endorsement made by the representative democracy [social legitimacy and formal-legal legitimacy]; fourth, the utility of the Agreement and the sanctioning treatment adopted, as measured by its objective consequences and its expected and foreseeable consequences and, fifth, the justification of the government's decision to renounce the use of force since, at least part of the violence produced, was not morally justified according to the analysis laid out in this dissertation. These legitimacy criteria allow the conclusion that the former Colombian government’s decision of ending the conflict with the FARC by negotiation was reasonably founded and, thus, its choice of applying a system of Transitional Justice to contribute to this aim and pursuing the construction of lasting peace should be seen as legitimate. This conclusion is defended even in the face of accusations that it has entailed renouncing the use of force and making concessions in terms of retributive criminal justice


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