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La contribución del derecho a la resolución de la problemática ambiental

  • Autores: Paula Andrea Diaz
  • Directores de la Tesis: Antoni Pigrau i Solé (dir. tes.)
  • Lectura: En la Universitat Rovira i Virgili ( España ) en 2020
  • Idioma: español
  • Tribunal Calificador de la Tesis: Gregorio Mesa Cuadros (presid.), Jordi Jaria i Manzano (secret.), Santiago M. Álvarez Carreño (voc.)
  • Programa de doctorado: Programa de Doctorado en Derecho por la Universidad Rovira i Virgili
  • Materias:
  • Enlaces
    • Tesis en acceso abierto en: TESEO
  • Resumen
    • La presente tesis doctoral es un trabajo motivado primeramente por la inquietud que nos suscita la problemática ambiental que enfrentamos en la actualidad. La preocupación se intensifica al observar la poca o nula eficacia que han tenido los diferentes mecanismos que se han diseñado para frenar su avance y contrarrestar sus efectos sobre el entorno natural y social. Desde que dicha temática comenzó a hacer parte de las agendas gubernamentales y de la comunidad internacional, hace casi 40 años, pocos son los avances que se han realizado en la materia y al analizar los nuevos informes que los organismos especializados emiten sobre el estado de degradación de nuestro planeta se puede observar que cada vez nos acercamos más a un punto de no retorno.

      En la región Amazónica se puede apreciar claramente el avance de la degradación ambiental, puesto que esta se encuentra sometida a un gran número de presiones que ponen en peligro su sostenibilidad. Esta región es un ejemplo certero tanto de las contradicciones que se presentan entre el discurso ambientalista y las acciones desarrollistas como de la encrucijada en la que se encuentran los Estados amazónicos de ceder, por un lado, a las presiones desarrollistas, y por el otro, de atender al deterioro ecológico y social que afecta sus territorios.

      El contexto discursivo del desarrollo, y su asimilación por parte de los países del Sur global, nos ha permitido comprender que la adopción del discurso del desarrollo ha generado que los países y los pueblos de la periferia asuman el compromiso (obligación) de modificar tanto sus relaciones sociales como con el medio natural y disminuyan su oposición a la realización de sacrificios, dado que estos se perciben como necesarios para alcanzar los niveles de desarrollo y de vida de los países del Norte global.

      De esta forma, el desarrollo y el crecimiento económico se convierten en los principales objetivos a alcanzar y, aunque la persecución de estos objetivos los arrastre en una destrucción sistemática del medio ambiente, subsiste la consideración de que el crecimiento económico tiene también la virtud de contribuir a la resolución de los problemas ambientales.

      La presente tesis doctoral tiene por objeto el estudio de cuál puede ser el aporte del derecho a la resolución de la problemática ambiental, ¿cómo podría el derecho contribuir a que salgamos de la inercia en la que nos encontramos y encaminar la acción hacia un tratamiento eficaz? Al tratar esta cuestión se estudia primeramente si el derecho ha contribuido a la configuración de dicha problemática y ha intensificado las tensiones entre desarrollo y protección ambiental al otorgar por un lado, el sustento normativo para el desarrollo de las actividades que permiten el despliegue de la racionalidad y sistema económico dominante; y por el otro, al consagrar normas que se establecen como límites a las prerrogativas contenidas en las normas «desarrollistas», pero cuyo reconocimiento y materialización suscita diversas inquietudes y críticas puesto que se las concibe como obstáculos al desarrollo. Se tratan los siguientes interrogantes: ¿puede ser el derecho considerado como un mecanismo de emancipación que proporcione elementos sustanciales que permitan la superación de la problemática ambiental? O, ¿es el derecho un facilitador y posibilitador de la racionalidad económica dominante con poca o nula capacidad para establecer verdaderos límites a su continúa expansión? El estudio de las principales alternativas jurídicas formuladas con el fin de intentar superar las tensiones entre el desarrollo y la protección del ambiente y que, por ende, nos pueden llevar a considerar al derecho como un mecanismo conducente a la emancipación social, requiere que nos ubiquemos en un primer momento en el contexto del Derecho internacional, y seguidamente en el ámbito del derecho interno, específicamente, en el del derecho constitucional.

      En el contexto del Derecho internacional es interesante estudiar la propuesta del desarrollo sostenible, puesto que esta se ha configurado como una de las principales propuestas que se han otorgado para intentar reestablecer el equilibrio entre los aspectos relativos al desarrollo y la protección ambiental. Abordar el estudio del desarrollo sostenible desde una perspectiva jurídica no es una labor exenta de dificultades si tenemos en cuenta que de entrada muchos juristas niegan o se resisten a aceptar su existencia como un concepto jurídico y aún más como principio jurídico. Sin embargo, su estudio desde el punto de vista de la norma jurídica, y por ende, de su pertenencia al derecho positivo reviste una gran importancia en la presente investigación, puesto que su pertenencia al Derecho internacional en tanto que norma jurídica nos brinda algunos elementos esenciales a los que podremos recurrir para considerar al derecho como un mecanismo de emancipación, dado que estas disposiciones se presentan como disposiciones de ruptura que buscan limitar el despliegue de las libertades económicas, y por consiguiente, no se determinan por la racionalidad económica dominante.

      En el Derecho internacional el desarrollo sostenible se presenta como una obligación de comportamiento, la cual no comporta la exigencia de que los Estados se desarrollen de una forma sostenible, sino que realicen los esfuerzos que les permitan alcanzar dicho objetivo. Al respecto, el estudio de las dimensiones del desarrollo sostenible en la región amazónica muestra que aún es muy temprano para afirmar con plenitud que estos países están en camino de alcanzar un estilo de desarrollo sostenible. No obstante, y teniendo en cuenta que el cambio climático es un ejemplo flagrante de la adopción de una forma de desarrollo insostenible, las acciones que estos Estados emprenden para luchar contra este fenómeno y honorar los compromisos que han adquirido en el marco del Acuerdo de París, pueden ser una muestra ostensible de que estos países comienzan a asumir su obligación de promover un estilo de desarrollo sostenible. Empero, aunque los países amazónicos cuentan con políticas y actuaciones que los encaminan hacia este proceso, sus sistemas económicos se siguen rigiendo por la racionalidad económica dominante, la cual, en su configuración actual es incompatible con una verdadera protección del medio ambiente.

      En el ámbito del derecho interno, el estudio de los marcos jurídicos constitucionales de los países amazónicos nos ha permitido observar que la incorporación de la variable ambiental a nivel constitucional se configura como un factor que nos permite contemplar de manera más clara al derecho como un mecanismo de emancipación y, por ende, como una herramienta útil y necesaria para la superación de la problemática ambiental actual. Ello se explica porque las normas ambientales tienen una consideración distinta de la naturaleza y la contemplan como un bien jurídicamente tutelable, contrariamente a la visión de las normas desarrollistas, para las cuales la naturaleza es un simple objeto susceptible de apropiación. Estas normas regulan las relaciones de la sociedad con la naturaleza y se integran como esencia o base axiológica de todas las disposiciones y preceptos que componen al ordenamiento jurídico.

      La existencia en el interior del sistema jurídico de mecanismos emancipadores (derechos sociales, Constitución ecológica), cuya consagración va claramente en el sentido contrario de lo que se esperaría de las disposiciones integrantes de un sistema que únicamente obedece y protege a la lógica y racionalidad capitalista, nos permite considerar que el derecho puede desempeñar una importante función en el cambio social, impulsando o acompañando un cambio o transición y no únicamente contribuyendo al mantenimiento del statu quo. Sin embargo, y a pesar de la consagración de tales disposiciones, lo cierto es que actualmente la degradación social y ambiental sigue avanzando. En el intento de comprender por qué la problemática ambiental avanza, aunque se cuente con marcos normativos que garanticen una adecuada protección del medio ambiente y que, al menos, teóricamente logran compatibilizar las cuestiones relativas al desarrollo y a la protección ambiental, se hace evidente que dichas disposiciones no logran cumplir sus cometidos porque la capacidad del Estado para aplicarlas se encuentra de más en más comprometida. En las últimas décadas ha tenido lugar la instauración de un nuevo sistema-mundo de poder en el cual el aumento del poder del sector privado disminuye consecuentemente el poder público. De ello se deriva una importante limitación de la capacidad del Estado para proteger a través de la norma jurídica a los individuos y a los intereses colectivos, que son frecuentemente vulnerados por el ejercicio del poder en manos de la esfera privada.

      El aumento considerable de poder en manos de la esfera privada ha permitido que surjan y se consoliden regímenes regulatorios transnacionales que obedecen a “intereses funcionales específicos”, los cuales no se corresponden con los intereses en cabeza del Estado. En consecuencia, el origen de las tensiones contemporáneas entre desarrollo y conservación se puede explicar desde la teoría de los sistemas sociales. En esta propuesta encontramos elementos que nos permiten comprender la conflictividad que se presenta entre la protección del medio ambiente y el desarrollo económico (la cual resultaría de la colisión entre diferentes racionalidades sociales). La existencia de subsistemas autónomos que se orientan y guían hacia la maximización de su propia racionalidad con una marcada indiferencia hacia su entorno y hacia los intereses y racionalidades de los otros subsistemas sociales, nos permite entender que las relaciones entre estos subsistemas se pueden mostrar problemáticas y que en vista de que estas configuran distintas expectativas es frecuente que se presenten colisiones entre sus distintas racionalidades. Muchos de estos regímenes regulatorios de los subsistemas funcionales necesitan ser controlados o delimitados debido a su tendencia al desarrollo de dinámicas de expansión y a la producción de daños a su entorno (social, humano y ambiental). De este modo, el papel del derecho en la resolución de la problemática ambiental actual, puede venir de la mano de su capacidad para que se logre una compatibilidad entre los principios de las racionalidades de los diversos sectores globales que se encuentran en colisión.

      Avanzando un poco más en el rol que el derecho puede desempeñar en la problemática que nos ocupa, y a pesar de que somos conscientes del declive que enfrenta actualmente el Estado-nación, consideramos que en el marco de los sistemas político y jurídico se puede dar un nuevo impulso al Estado. Aspecto que posibilitaría su reformulación y aumentaría su capacidad de respuesta a los desafíos que le impone el nuevo constitucionalismo internacional y la sociedad global.

      Este trabajo es una contribución al análisis y estudio de las tensiones entre desarrollo y conservación desde una perspectiva jurídica, pero no alejada de los aspectos fácticos en los que esta se enmarca. Constituye un esfuerzo de motivación dirigido a los juristas para que reconozcamos y continuemos explorando el importante rol y potencialidad que tiene el derecho para proporcionarnos las herramientas que nos permitan salvar nuestra existencia en tanto que especie humana y a nuestro planeta en general.

      La metodología utilizada para el desarrollo de la presente investigación tiene un enfoque analítico. En un primer momento, nos hemos concentrado en el estudio separado (aunque concatenado) de cada uno de los elementos que consideramos esenciales en el surgimiento, desencadenamiento y tratamiento de las tensiones entre desarrollo y conservación, desde la perspectiva de la problemática ambiental. Para luego poder desarrollar una visión de conjunto que nos permita observar cómo todos estos elementos se encuentran interconectados, con el fin de comprender la necesidad de que la resolución de la problemática que nos ocupa se pueda hacer desde una perspectiva sistémica. Así mismo, hemos utilizado un enfoque histórico puesto que cada vez estudiamos los elementos que hacen parte de nuestros objetivos, no emprendemos directamente el estudio de su significado, sino que hacemos un análisis del contexto y circunstancias en las cuales este emerge. También en un apartado de nuestro estudio hemos utilizado el método deductivo, puesto que hemos analizado diversos postulados generales del Derecho internacional e instrumentos jurídicos internacionales cuyo tratamiento y mención del desarrollo sostenible nos permite deducir la pertenencia de este concepto al derecho positivo.

      Las fuentes de conocimiento que se han consultado para la realización de la presente tesis doctoral se constituyen principalmente por fuentes documentales tales como monografías y obras colectivas, revistas, estudios y artículos provenientes de organismos internacionales y de organizaciones no gubernamentales. Hemos consultado instrumentos internacionales y normativa nacional, así como jurisprudencia internacional y constitucional. También hemos recurrido a la consulta de recursos electrónicos y hemos entrado en contacto con varios especialistas de la Amazonía y del derecho.

      Gran parte de esta tesis doctoral se escribió en el Centre de Recherche et de Documentation sur les Amériques (CREDA, Centre National de la Recherche Scientifique - Université Sorbonne Nouvelle-Paris 3), en el cual tuvimos la oportunidad de realizar una estancia doctoral durante el periodo académico 2016-2017 y se nos permitió continuar escribiendo esta tesis durante el curso 2018-2019.


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