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Resumen de Omisiones típicas del art. 320 cp: análisis de derecho comparado

Valentina Ileana Dipse

  • español

    El delito de prevaricación urbanística contenido en el art. 320 CP, fue introducido por primera vez en nuestro Derecho penal por la LO 10/1995, de 23 de noviembre, del Código penal; la ley que aprobó un nuevo Código penal para la democracia española. El delito de prevaricación urbanística se enmarca en la lucha contra la corrupción generada por la tolerancia, cuando no participación, de autoridades y/o funcionarios públicos en actuaciones urbanísticas ilegales.

    Desde su introducción en el Código penal, el delito de prevaricación urbanística ha permanecido inalterado hasta el año 2010 cuando fue reformado por LO 5/2010, de 22 de junio, que introdujo dos novedosas modalidades omisivas típicas. Estas novedosas modalidades omisivas de prevaricación urbanística del art. 320.1 CP nacieron con una clara vocación de combatir la inactividad de autoridades y funcionarios públicos encargados de velar por la legalidad urbanística y que, por falta de interés o/y medios permitieron la generalizada indisciplina urbanística que ha traído nefastas consecuencias para el orden económico, ambiental, fiscal y político, menoscabando, incluso, la credibilidad del Estado español frente a la comunidad internacional.

    Después de veinte años de vigencia, la virtualidad de aquellas novedosas modalidades omisivas de prevaricación urbanística se ha mostrado más bien simbólica que real y ello no es de extrañar en vista de la problemática que plantea la estructura típica de las conductas prevaricadoras omisivas del art. 320.1 CP.

    Las modalidades omisivas de prevaricación urbanísticas del art. 320.1 CP, tampoco han generado estudios doctrinales específicos. La doctrina que, con mayor o menor alcance, las aborda lo hace de forma tangencial, de modo que, no existe un estudio doctrinal de referencia.

    En vista de la nula aplicabilidad judicial y el escaso interés doctrinal que han despertado las conductas típicas omisivas del art. 320.1 CP y de los efectos criminógenos que genera la ley promulgada y no aplicada, la presente investigación pretende abordar, desde una perspectiva dogmática, el análisis de las cuestiones más trascendentales que el delito omisivo de prevaricación urbanística suscita, con el propósito de identificar los problemas dogmáticos y, quizás, también, político-criminales que anulan su virtualidad práctica: El estudio y la reflexión sobre un concreto tipo penal y, específicamente, sobre tipos penales inéditos y novedosos en un Ordenamiento Jurídico y que, además, no cuentan con tipos de referencia en Derecho comparado, como sucede con las omisiones típicas previstas en el art. 320.1 del Código penal español, exige reflexionar sobre la naturaleza jurídica de la omisión. A estas cuestiones se dedicarán los primeros dos Capítulos de la presente investigación.

    A continuación, el Tercer Capítulo, con el objetivo de identificar los posibles factores extrínsecos al Derecho penal y que se derivan de la propia estructura del primer Orden de protección de la legalidad urbanística, al que el penal se encuentra conectado por una relación de accesoriedad, se dedica al estudio del sistema urbanístico español, abordando su sistema de fuentes y el reparto competencial.

    En el Cuarto Capítulo, se acomete una revisión critica de las diversas posturas doctrinales formuladas en relación con el bien jurídico protegido en el art. 320.1 CP; posturas que, no obstante, parten de un presupuesto común y es afirmar que lo protegido por el art. 320.1 CP es un bien jurídico. Si, como nosotros creemos, lo protegido por el referido precepto no es un bien jurídico protegible -por carecer de la materialidad necesaria para ejercer de limite al Ius Puniendi del Estado-, cabe preguntarse en qué medida es legítima la intervención penal en relación con el delito que nos ocupa. A estas cuestiones, pues, se dedicará el Cuarto Capítulo.

    El Quinto Capítulo se dedica al análisis de la estructura típica de las modalidades omisivas de prevaricación urbanística del art. 320.1 CP. Así, teniendo en cuenta que la inspección urbanística es una potestad que se encuentra regulada en las diversas Leyes autonómicas de ordenación del territorio y el urbanismo, en primer lugar, se determinar quienes son los posibles sujetos activos de las omisiones típicas del art. 320.1 CP. Posteriormente, se analizan los elementos que conforman la situación típica y su adecuación a las exigencias que se derivan del principio de legalidad. Asimismo, la configuración de las conductas típicas como de mera inactividad requerirá un pronunciamiento acerca de la propia estructura típica del delito de prevaricación omisiva del art. 320. CP.

    Finalmente, en el Sexto y último Capítulo, se investiga acerca de la posibilidad de exigir responsabilidad penal al funcionario público por conductas contrarias a las normas de ordenación del territorio y urbanísticas en Rumanía. A tales efectos se realiza un estudio de Derecho Comparado funcional, ya que en el Derecho penal rumano no existe una figura delictiva similar al delito de prevaricación urbanística del art. 320 del Código penal español. Con ello se trata de confrontar dos Ordenamientos Jurídicos –español y rumano- que afrontan, desde distintos presupuestos de política criminal, problemas comunes a ambos.

    En definitiva, nos encontramos ante unas modalidades típicas que plantean importantes problemas de aplicación. Por un lado, vamos a tener que conjugar algunos de los problemas dogmáticos más importantes relacionados con la estructura típica de los delitos omisivos y, sobe todo, con la cada vez más frecuente y latente presencia de infracciones de deber que se ocultan tras aparentes bienes jurídicos. Junto a ello, hemos tratado de revisar en qué supuestos podrían ser aplicables y a lo que hemos llegado es a constatar la presencia de incomprensibles lagunas de punibilidad que convierten la aplicación de estos tipos penales en discriminatorios para los escalafones más bajos y privilegiados para las autoridades que tiene que controlar el cumplimiento de los deberes infringidos.

    La absoluta carencia de estudios específicos en la materia convierte esta tesis y estos planteamientos en, efectivamente, muy arriesgados. Hemos procurado, no obstante, que sea la racionalidad y la aplicación estricta de las reglas dogmáticas las que nos guíen en este camino.

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  • English

    The urban prevarication crime contained in the art. 320 CP, was first introduced in our criminal law by LO 10/1995, of November 23, of the Penal Code; the law that approved a new Penal Code for Spanish democracy. Since its introduction in the Penal Code, the urban prevarication crime has remained unchanged until 2010 when it was reformed by LO 5/2010, of June 22, which introduced two new typical omissions modalities. After ten years of validity, the effectiveness of those new omissions modalities of urban prevarication crime has been shown to be rather symbolic than real and this is not surprising in view of the problems posed by the typical structure of omissions prevaricating of art. 320.1 CP. In view of the null judicial applicability and the little doctrinal interest that the typical omissions of art. 320.1 PC and the criminogenic effects generated by the enacted and not applied law, this research aims to address, from a dogmatic perspective, the analysis of the most important questions that the omission of prevarication urban crime raises, in order to identify the problems dogmatic and, perhaps, also, political-criminals that nullify their practical effectiveness.


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