El progresivo proceso de asunción de competencias, de ordenación, limitación y racionalización del poder y de reconocimiento de valores y derechos ha convertido a la Unión Europea en un nivel supranacional de poder en el que se ejercen importantes parcelas de soberanía originariamente estatal. Este proceso de constitucionalización no ha dado lugar, sin embargo, a una constitución material en sentido estricto: si el ordenamiento constitucional ha de fundamentarse, en los términos teóricos propios del constitucionalismo social, en el valor igual dignidad humana y en la centralidad de la persona, el sistema jurídico-político de la Unión se ha construido y ha evolucionado, por el contrario, de manera funcional a su objetivo primigenio de desarrollo del mercado común europeo.
La constitucionalización de la Unión conforme a los paradigmas del primer constitucionalismo (liberal) explica el predominio en dicho espacio de las instituciones propias de la dimensión orgánica de la constitución, destinadas esencialmente a la limitación del poder. La dimensión dogmática queda reducida, en cambio, a reconocimientos esencialmente formales, no fundamentados en la centralidad de la dignidad. El siguiente estadio en la evolución del proceso de integración y de constitucionalización europea habría de fundamentarse, en términos lógicos, en la asunción de los parámetros propios del constitucionalismo social contemporáneo y, en concreto, en la articulación del ordenamiento jurídico europeo en torno a la máxima realización de la igual dignidad humana.
Siguiendo la metodología del Derecho constitucional europeo crítico, la presente tesis doctoral trata de reconstruir la dimensión dogmática del espacio constitucional europeo a través del mecanismo jurídico del orden público. Para ello, en la primera parte se lleva a cabo una caracterización de la categoría, los elementos constitutivos y las funciones del concepto de orden público y se ejemplifica su operatividad en el ordenamiento jurídico español. Construido a partir de la doble dimensión (subjetiva y objetiva) de los derechos fundamentales, el orden público se presenta como una síntesis de los valores propios de un ordenamiento jurídico determinado que garantiza en el mismo la mayor protección, promoción y efectividad de la dignidad humana.
La segunda parte de la tesis tiene por objeto el estudio de la configuración del orden público en el Derecho de la Unión Europea vigente, lo que se realiza a partir del análisis de la categoría y sus elementos constitutivos en el ordenamiento jurídico europeo y, particularmente, en la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Ello nos permite constatar que el orden público actúa en dicho nivel como una excepción o contralímite axiológico a la aplicabilidad en los Estados miembros de determinadas normas de Derecho de la Unión y que, por ello, no es equiparable al concepto constitucional de orden público.
Finalmente, la tercera parte de la tesis se dedica, en primer lugar, al análisis del orden público configurado por el Tribunal de Estrasburgo a partir del Convenio Europeo de Derechos Humanos como modelo de referencia para un orden público propio de la Unión Europea. En segundo lugar, se explora en la dimensión dogmática del Derecho de la Unión los factores impeditivos de la conformación de un orden público europeo. En tercer lugar, se realizan diferentes propuestas de lege ferenda para la generación de un orden público propio del nivel constitucional europeo, centradas esencialmente en la necesaria reconfiguración de la posición constitucional que los derechos fundamentales ocupan en la Unión Europea.
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