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Resumen de Análisis crítico del Derecho Penal del terrorismo: ¿un paso más en la excepción a las garantías del Estado de Derecho?

Carlos González León

  • Esta investigación tiene como principal objetivo la realización de un análisis crítico de la regulación de los delitos de terrorismo recogida en el Código Penal español para poder determinar si limita o puede estar próxima a vulnerar las principales garantías de un Estado democrático de Derecho. El estudio abarca la legislación terrorista española desde finales del siglo XIX hasta la actualidad, haciendo hincapié en las nuevas formas de terrorismo internacional: el terrorismo yihadista. Sin embargo, no basa únicamente su análisis en el ámbito nacional, pues se aproxima a normativa de ámbito internacional y europeo, así como también a la realización de un estudio comparado sobre la legislación de países como Estados Unidos o Reino Unido. De esta manera, tras revisar la dificultad para dar una definición conceptual del terrorismo a nivel global, se pasa a realizar un análisis de la evolución histórica y legislativa seguida en nuestro país de su política criminal sobre el fenómeno. El objetivo es evidenciar las principales características de la regulación penal en materia de delitos de terrorismo. Posteriormente, se centra la investigación en la regulación del concepto a nivel nacional, así como su evolución, o si el terrorismo individual o el que puede producirse al amparo del Estado tienen cabida en él. Seguidamente, se efectúa un estudio exhaustivo de los delitos de colaboración pasando por cada uno de los tipos penales que encontramos en el Código Penal tras la reforma de 2015, para analizar tanto su evolución como la regulación actual conforme a la intención del legislador en su elaboración, la labor de los jueces en su aplicación y la opinión doctrinal desde diferentes puntos de vista. A continuación, se exponen las principales líneas de los delitos de expresión que se encuentran regulados en el Capítulo VII del Título XXII para nuevamente observar la forma en la que estos delitos llegan hasta la regulación vigente, y lo más importante, cómo el legislador había previsto su redacción, cómo los tribunales lo aplican en la práctica judicial que tiene como consecuencia una jurisprudencia algo cambiante y las distintas opiniones doctrinales al respecto. Para finalizar, la última parte expone las características que deberían respetarse conforme a un Derecho penal de garantías y lo que parece extraerse de las particularidades de la regulación y su tendencia hacia un Derecho penal dirigido hacia el enemigo, es decir, los terroristas, y también a los amigos de los enemigos o, dicho de otra forma, a los simpatizantes del terrorismo, que pueden llegar o no -quién sabe- a ser terroristas en un futuro más o menos cercano.


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