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The protection of environmentally displaced persons: Legal gaps in international and regional law

  • Autores: Daniel Gracia Pérez
  • Directores de la Tesis: Pablo Oñate Rubalcaba (dir. tes.), Federico Casolari (codir. tes.)
  • Lectura: En la Universitat de València ( España ) en 2022
  • Idioma: inglés
  • Tribunal Calificador de la Tesis: Michel Prieur (presid.), Marco Borraccetti (secret.), Gloria Fernández Arribas (voc.), Juliana Rodríguez Rodrigo (voc.), Susana Borràs Pentinat (voc.)
  • Programa de doctorado: Programa de Doctorado en Derecho, Ciencia Política y Criminología por la Universitat de València (Estudi General)
  • Materias:
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • La presente tesis tiene como objetivo principal identificar las lagunas que existen en el Derecho Internacional para proteger a las personas medioambientalmente desplazadas.

      El objeto de estudio de la investigación viene delimitado por el concepto de disrupción medioambiental, definida como un cambio drástico de origen natural en un ecosistema o en sus utilidades que lo hace, temporal o permanentemente, inhabitable para el ser humano. No se consideran, por tanto, las disrupciones de origen antrópico que pudieran obligar a la población a desplazarse, como la ejecución de un proyecto de desarrollo o los efectos de la contaminación o de la guerra en el medio ambiente. La propia naturaleza de la disrupción medioambiental presupone que este movimiento es forzoso, a fin de garantizar la propia existencia en condiciones dignas, lo que excluye la migración del ámbito de estudio en tanto que movimiento predominantemente voluntario. No obstante, se reconoce que la migración puede ser una estrategia de adaptación útil en contextos de estrés medioambiental. Finalmente, en contra de la tendencia doctrinal a considerar únicamente los desplazamientos medioambientales relacionados con el cambio climático, esta tesis no discrimina entre las causas naturales, climáticas o no, que provocan la disrupción en el medio humano.

      La tesis se ha estructurado en tres partes y ocho capítulos. Cada una de las partes ha sido planteada en base a una pregunta o hipótesis de partida inicial, a saber: ¿Existen los desplazamientos medioambientales? ¿Existe una laguna en el ordenamiento jurídico internacional en cuanto a la protección de las personas desplazadas por motivos medioambientales? ¿Puede el Derecho Internacional evitar las causas del desplazamiento medioambiental o, en caso contrario, cómo debería responder para proteger a los desplazados? La primera parte se corresponde con los Capítulos I y II. En ellos se expone cómo se ha construido la relación entre el factor ambiental y la movilidad humana, así como los datos numéricos sobre la magnitud de los desplazamientos debidos a los desastres naturales. Estos primeros capítulos, que responden a una metodología propia de las ciencias sociales, actúan como presupuesto necesario para el posterior análisis jurídico, demostrando la existencia del objeto del estudio y, por tanto, justificando la procedencia de la investigación.

      La segunda parte comprende los Capítulos III a VI. Cada uno de ellos aborda uno de los regímenes jurídicos de protección del Derecho Internacional, analizándose los instrumentos relevantes tanto a nivel universal como regional. Así, el Capítulo III estudia el derecho de los refugiados, examinándose la Convención de Ginebra de 1951 y los marcos regionales correspondientes. El Capítulo IV se centra en analizar la situación hipotética de apátridas en la que quedaría la población de los PEID de escasa elevación como consecuencia de la subida del nivel del mar asociado al cambio climático. Además, se aborda la protección que sobre el terreno el ACNUR ha venido prestando a los desplazados medioambientales. El Capítulo V discute la aplicación del principio de no devolución a las personas medioambientalmente desplazadas que se encuentren irregularmente en el territorio de un tercer Estado. Por último, el Capítulo VI se ocupa del marco normativo de ámbito universal y regional sobre desplazamiento interno.

      El examen de lege data de la segunda parte permitirá señalar las debilidades, carencias y limitaciones actuales del ordenamiento jurídico internacional para la protección de las personas desplazadas por motivos ambientales, incluidos los relacionados con el cambio climático. La corroboración de la existencia de dicha laguna jurídica obliga a preguntarse acerca de la respuesta que debe dar el Derecho Internacional ante ella, lo que constituye el objeto de la tercera parte. El Capítulo VII explora la respuesta preventiva, analizándose el marco internacional sobre cambio climático (CMNUCC) y de gestión del riesgo de desastres (MSRRD), en tanto que causas inmediatas de los desplazamientos. Además, se presta atención a los progresos internacionales en materia de desarrollo sostenible (Agenda 2030), como causa subyacente de una mayor vulnerabilidad ante las disrupciones medioambientales y el subsiguiente desplazamiento. Por su parte, el Capítulo VIII considera la respuesta reactiva, comentando el proyecto de artículos de la Universidad de Limoges sobre el estatuto internacional de los desplazados ambientales y comparándolo con otras propuestas normativas de la Academia para la protección de la sub-categoría de los desplazados climáticos.

      Por último, quod erat demonstrandum del análisis anterior, se exponen las conclusiones alcanzadas al final de la investigación doctoral.


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