En este trabajo se realiza un análisis de la evolución en el tratamiento de los gastos deducibles en el Impuesto sobre Sociedades tomando como punto de partida la implantación de la tarifa III de la Contribución de las Utilidades de la Riqueza Mobiliaria, con especial atención a la relación entre resultados contables y base imponible, dentro del contexto de delegación del Derecho tributario en el Derecho contable.
Otro aspecto analizado es la técnica legislativa adoptada en la regulación de aspectos esenciales de este tributo, especialmente en lo que respeta al principio de reserva de ley, tomando en consideración las circunstancias económicas en la que son adoptadas alguna de las decisiones más controvertidas, así como los objetivos extrafiscales que las motivan.
Una vez identificadas las distintas partidas de gastos más relevantes que se trasladan a la base imponible, se profundiza en el análisis de las cuestiones más críticas objeto de importante controversia con la Administración Tributaria, y que ya, a través de la jurisprudencia han sido encauzadas en una determinada línea, lo que nos ha ido permitiendo encontrar puntos en común para poder construir un concepto de gasto deducible en aquellas partidas que no son objeto de regulación expresa por parte de la norma tributaria.
Por último, y dada la proyección internacional de la empresa, tratamos de valorar las iniciativas que se están llevando por parte de la OCDE y la Unión Europea, para evitar prácticas elusorias, así como evitar la competencia fiscal entre Estados, ante la falta de armonización de este tributo. También la digitalización de procesos ha contribuido a facilitar la deslocalización de las empresas hacia Estados de baja tributación.
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