El presente trabajo tiene como objeto de estudio la medida legal que establece cuotas electorales para cada sexo en las candidaturas electorales, como por ejemplo lo establece la Ley Orgánica 3/2007 en España. Se analizan los argumentos que se re¿ eren a la supuesta vulneración de los derechos fundamentales de sufragio pasivo y activo. La investigación ha tenido en cuenta especialmente la Sentencia 49/2003, de 10 de febrero, de la Corte Constituzionale italiana y la Sentencia 12/2008, de 29 de enero, del Tribunal Constitucional español, ambas sobre la constitucionalidad de ciertas medidas legales que establecieron cuotas electorales en los respectivos países. Conforme a argumentos analizados, se concluye que la norma estudiada no vulnera el derecho fundamental de sufragio pasivo o activo.
Palabras clave: cuotas, electorales, género, derecho, sufragio.
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