La Iglesia muchas veces ha utilizado principios que no son estrictamente teológicos. Tal es el caso del principio de subsidiariedad que, sin tener un origen eclesial, ha sido adoptado con variada intensidad en el seno de la Iglesia. Este trabajo estudiará la aplicación del principio de subsidiariedad en la Iglesia particular. Nuestro objeto final es presentar cómo y cuándo el Obispo diocesano puede aplicar este principio en su ministerio. Para esto debemos tener presente el triple movimiento que produce el principio de subsidiariedad: hacer, dejar hacer y ayudar a hacer. En el ministerio episcopal se aplica cada vez que el Obispo diocesano hace, deja hacer o ayuda a hacer a la porción del Pueblo de Dios a él confiada. Nuestra investigación desea que el sucesor de los apóstoles, junto con esa porción del Pueblo de Dios, cuente con la certeza y la esperanza de aplicar el principio de subsidiariedad. Que descubra que es un criterio que acerca a la comunión y la construye con su aporte. Presentaremos un movimiento que va de la posibilidad de la aplicación a la conveniencia, sin perder de vista la meta: la comunión en esa Iglesia particular. Para ello repasaremos todos los medios e instrumentos de gobierno con los que cuenta el Obispo diocesano, así como todos los colaboradores, preceptuados o sugeridos por la legislación, o bien aprovechados pastoralmente.
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