La investigación ha tenido el objetivo de identificar las consecuencias jurídicas del otorgamiento de las medidas de protección en las denuncias sobre violencia familiar, en la Corte Superior de justicia de Huánuco, su metodología es de nivel básica, explicativo, no experimental, el estudio tuvo una muestra de 33 magistrados, resultados, efectivamente la vulneración del principio del derecho a la defensa, la presunción de inocencia y el debido proceso, son las consecuencias jurídicas del otorgamiento de las medidas de protección en las denuncias sobre violencia familiar, seguidamente, en las denuncias sobre violencia familiar, el juez debe citar al denunciado a la audiencia especial para emitir el auto final de otorgamiento de las medidas de protección, debe exigir a la agraviada la presentación del Certificado Médico, la pericia psicológica, del informe policial sobre alta vulnerabilidad, así también debe advertir la ausencia del denunciado en la audiencia especial. Luego, debe exigir la presencia del denunciado para ser oído con las garantías y dentro de un plazo razonable, advertir la existencia de injerencias arbitrarias, exigir la presencia del denunciado para defenderse personalmente, conceder al denunciado del tiempo y de los medios adecuados para la preparación de su defensa, exigir a la agraviada la presentación de los medios probatorios. Seguidamente, el juez para emitir el auto final de otorgamiento de las medidas de protección debe tener presente la proporcionalidad entre medios y fines, tener presente la exigencia de razonabilidad de todo acto de poder, buscar la prescripción de la arbitrariedad y lo absurdo. Luego, es correcto que la abstención de ejercer actos de violencia psicológica, roces u otras formas de confrontación, impedimento de aproximarse a la víctima son medidas de protección a favor de la víctima.
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