Por exigencias del marketing las marcas experimentan con relativa frecuencia cambios de forma. Este fenómeno del tráfico mercantil no ha sido adecuadamente contemplado en el ordenamiento español. Para ayudar a corregir tal deficiencia hemos efectuado un estudio del derecho norteamericano de marcas que constituye el modelo mas perfeccionado que se puede tener en cuenta en esta materia. La jurisprudencia norteamericana ha señalado con rigor y nitidez las distintas vertientes del relieve jurídico del cambio de forma de la marca: uso obligatorio nacimiento del derecho de exclusiva modificación del registro y utilización de los signos acreditativos del carácter de marca registrada. En todos estos puntos la cuestión decisiva consiste en determinar si el cambio de forma ha alterado sustancialmente la naturaleza de la marca. Cuestión que ha sido desarrollada y aclarada por los tribunales norteamericanos a través de una serie de interesantes pautas orientativas.
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