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La portabilidad del derecho de previsión social en la legislación comunitaria. Comparación con otras áreas del mundo y su posible extensión

  • Autores: Elena Marisol Brandolini
  • Directores de la Tesis: Francisco Pérez Amorós (dir. tes.)
  • Lectura: En la Universitat Autònoma de Barcelona ( España ) en 2015
  • Idioma: español
  • Tribunal Calificador de la Tesis: Eduardo Rojo Torrecilla (presid.), Ignasi Camós Victòria (secret.), Agnès Pardell Veà (voc.)
  • Materias:
  • Enlaces
    • Tesis en acceso abierto en:  TDX  DDD 
  • Resumen
    • El tema tratado investiga la portabilidad de los derechos de previsión social en la Unión Europea, con especial referencia al campo de las pensiones, comparando la reglamentación comunitaria con la existente en otras partes del mundo y explorando posibles vías para fortalecer la dimensión exterior de la UE y la dimensión internacional de la seguridad social. El caso objeto de investigación se refiere a la condición de la persona que trabaja desplazándose de un país a otro y que, en su libertad de movimiento y para que su movimiento sea verdaderamente libre, consigue no perder los derechos adquiridos: lo que, desde un punto de vista técnico, se define como ejercicio de la portabilidad del derecho de seguridad social. Lo cual corresponde al ejercicio de una de las libertades fundamentales de la Unión Europea basada en la libre circulación de trabajadores y trabajadoras. Los procesos de globalización económica y social llaman la atención sobre la necesidad de instrumentos internacionales que permitan el gobierno del fenómeno a nivel multilateral. Por eso, el trabajo de investigación – que además se acoge a algunas entrevistas realizadas con representantes de organizaciones internacionales, instituciones comunitarias e institutos de seguridad social de distintos países - se centra en el análisis de los convenios multilaterales sobre la portabilidad relativos a diferentes áreas del mundo, a partir de la regulación comunitaria, y en su comparación, con tal de retener los límites encontrados y evidenciar las mejorías que se puedan aportar, para garantizar la protección de los derechos sociales y la igualdad de trato de los trabajadores. En este análisis, aparece cierta semejanza entre dichos convenios que hace posible no solamente una comparación hacia una mejoría del sistema, sino aún más una compenetración entre los mismos, a través del desarrollo de la dimensión exterior de la Unión Europea. Hasta llegar a la individuación de uno o más instrumentos de carácter universal, que permitan extender la cobertura en tema de portabilidad de derechos sociales al mayor número de países posible. Lo cual fortalece la primacía del derecho comunitario y, por lo tanto, del proyecto común europeo sobre los intereses de cada uno de los Estados Miembros. Y realiza el objetivo de profundizar la dimensión internacional de la seguridad social, ofreciendo soluciones al tema de la portabilidad a la altura de la dimensión global del fenómeno migratorio.


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