En la vida universitaria, la investigación y la enseñanza están estrechamente vinculadas. De hecho está mayoritariamente aceptado que se trata de actividades inseparables, al menos a diferencia de otras entidades educativas con una orientación meramente práctica. Las universidades necesitan la investigación para la enseñanza, puesto que ambas actividades les permiten desarrollar y transmitir el conocimiento. La estrecha conexión entre investigación y enseñanza en las universidades se refleja, de hecho, en la norma legal aplicable a la educación superior universitaria, la Ley Orgánica de Universidades, LOU, que dispone que la investigación universitaria contribuye a la adquisición de conocimientos científicos y al desarrollo de la enseñanza y el estudio. En este contexto, sin embargo, las actividades objeto de este trabajo, los Proyectos de I+D e innovación, Proyectos de I+D+i, a pesar de llevarse a cabo en el seno de universidades públicas, son desarrollados en aplicación de las mismas normas que le son aplicables a una empresa privada. En consecuencia, en el desarrollo de un proyecto encargado y retribuido con arreglo a un contrato, o incluso a través de ayudas públicas o subvenciones, las universidades públicas pasan a prestar servicios en el marco de una misma actividad económica: la investigación, como sector diferenciado de actividad. Además, si bien la realización de tales proyectos puede considerarse útil para la enseñanza universitaria, no es imprescindible para lograr el objetivo contemplado por ésta, a saber, en concreto, la formación de estudiantes para permitirles ejercer una actividad profesional. En efecto, es necesario reconocer que muchos centros de enseñanza universitaria logran dicho objetivo sin llevar a cabo Proyectos de I+D+i a título oneroso y que existen otras maneras de garantizar la existencia de una relación entre la enseñanza universitaria y la vida profesional. La realización, por consiguiente, de Proyectos de I+D+i en universidades públicas supone el desarrollo de una actividad empresarial diferenciada, en la medida en que, en el desarrollo de los mismos, no se actúa en calidad de autoridad pública, ni tampoco debe entenderse que se actúa en el ámbito de la enseñanza, sino que se realizan actividades a cambio de una contraprestación en condiciones de mercado y se llevan a cabo con independencia de que dichos proyectos se financien a través de ayudas públicas o subvenciones, o, por otra parte, tal y como se ha mencionado anteriormente, a título oneroso. Para ello, las Universidades se financian principalmente con los fondos recibidos de los presupuestos del estado o de la autonomía a la que pertenecen, en forma de transferencias corrientes o de capital; pero, también, y de manera creciente en los últimos años, con los ingresos procedentes de otras administraciones públicas con competencias en I+D e innovación (de ámbito internacional, europeo, nacional, autonómico y local), de organismos públicos de investigación, y, en el caso de ciertos proyectos, a través de las contraprestaciones derivadas de contratos con empresas nacionales y extranjeras, tanto públicas como privadas. Dicha actividad investigadora en su conjunto, cuya caracterización es objeto de la presente tesis, persigue, en síntesis, contribuir al avance tecnológico y ser un motor para el desarrollo social y económico del país, impulsando la transferencia al sector productivo de los resultados obtenidos y atendiendo tanto a la investigación básica como a la aplicada, tal y como se establece como objetivo prioritario en la citada LOU. En este sentido, se trata de actividades que requieren de grandes inversiones que, a su vez, resultan, en la mayor parte de los casos, de muy lenta maduración y que, indudablemente suplen la escasa capacidad inversora de la mayor parte de las empresas privadas que sí pueden, en cambio, adquirir los modelos, o aprovecharse de los ensayos y prototipos obtenidos por las Universidades en el desarrollo de las mismas; así como disponer de todo un personal altamente cualificado, el personal docente e investigador de las Universidades, al que acudir de forma puntual y sólo cuando surja la necesidad de contar con este valor añadido. Se puede afirmar, por lo tanto, que es responsabilidad de las Universidades, a la vista del papel que en este sentido les atribuye la LOU, ordenar factores de producción, materiales y humanos, con la finalidad de intervenir en la producción de bienes y servicios, tal y como se establece en el marco legislativo de aplicación al definir lo que debe entenderse por actividad empresarial y, en consecuencia, que en el desarrollo de estas actividades o Proyectos de I+D+i, las Universidades actúan como lo hace el accionista que realiza sucesivos desembolsos capitalizando la sociedad en cuya trayectoria confía; el hecho de que se tarde más o menos tiempo en que ese esfuerzo inversor se traduzca en productos o servicios concretos no debe, a estos efectos, oscurecer la claridad del planteamiento empresarial del conjunto de actividades o Proyectos de I+D+i llevados a cabo en estos organismos.
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