El objetivo general de esta tesis es analizar dos temas que se interrelacionan. Uno es relativo a cuáles son las restricciones que el Principio de Composicionalidad impone a las teorías semánticas, y el segundo tiene que ver con si la Sensibilidad-Contextual pone en peligro el proyecto de la semántica formal. En concreto, voy a estudiar cuáles son las restricciones que los diferentes principios de Composicionalidad imponen a la forma de estudiar la sensibilidad contextual y me centraré principalmente en si la afirmación de que las oraciones del lenguaje natural presentan sensibilidad contextual de forma generalizada y radical (que supuestamente no puede ser tratada, puede ser manejada estableciendo los valores para un conjunto fijo de parámetros contextuales) puede ser ajustada en el marco de una semántica composicional. Abordo este problema desde un ángulo ligeramente distinto al de la mayoría de autores. La mayoría de autores se preocupan de si los argumentos que supuestamente establecen la existencia de la Sensibilidad Contextua son o no correctos. Yo, por el contrario, abordo el tema desde otro punto de vista: asumiendo (o concediendo) que existe Sensibilidad- Contextual y que ésta es generalizada y radical, me pregunto si esto es compatible con la afirmación de que las semánticas del lenguaje natural son composicionales. La respuesta más común es que en efecto hay incompatibilidad entre este tipo de sensibilidad contextual y algunas formas de composicionalidad. Para darle una respuesta precisa a esta cuestión, distingo tres tipos de principios de composicionalidad. Demostraré que la sensibilidad contextual radical es incompatible con un principio de composicionalidad fuerte pero no con una versión más débil. La versión fuerte afirma que el valor semántico de una expresión compleja relativo a un contexto es una función del valor semántico de los constituyentes (en ese contexto) y de su estructura sintáctica. La versión débil afirma que el valor semántico de una expresión compleja en un contexto es una función de los valores semánticos de sus constituyentes (en el contexto), de su estructura sintáctica y del contexto mismo. Básicamente la pregunta a la que intento responder puede ser formulada de la siguiente manera: ¿está la contribución del contexto a la determinación de las condiciones de verdad de las oraciones en un contexto restringida al fija los valores de las expresiones contexto-sensitivas (u otro material sintáctico) presentes en la forma lógica? La versión fuerte de la Composicionalidad nos fuerza a dar una respuesta positiva a esta pregunta, mientras que la versión débil permite una respuesta negativa. En el capítulo final de la tesis ofrezco varios argumentos en contra del principio débil de la composicionalidad. El asunto principal es que la composicionalidad débil no puede ofrecer las ventajas explicativas que esperamos que nos ofrezca la composicionalidad. Si los argumentos son correctos, esto limita los movimientos que puede hacer el teórico a la hora de abordar la sensibilidad contextual.
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